Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santibáñez El Alto. (BOP-2021-3149)
BOP-2021-3149 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento de Vehículos para personas con discapacidad.
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movilidad reducida.
Así pues, ante la necesidad de adaptarse al Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por
el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento
para personas con discapacidad y al Decreto 135/2018, de 1 de agosto, por el que se aprueba
el Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la edificación, espacios
públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte en la Comunidad Autónoma
de Extremadura, para incluir las modificaciones normativas recogidas en los mismas, el
Ayuntamiento de SANTIBÁÑEZ EL ALTO considera conveniente la aprobación de la presente
ordenanza.
CAPÍTULO I.
OBJETO, NATURALEZA Y ÁMBITO TERRITORIAL DE APLICACIÓN.
ARTÍCULO 1. OBJETO.
La presente ordenanza tiene por objeto establecer el régimen jurídico aplicable a la tarjeta de
estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad
reducida y regular la creación de plazas de aparcamiento reservadas para titulares de dicha
tarjeta en el municipio de Santibáñez el Alto.
ARTÍCULO 2. NATURALEZA.
La tarjeta de estacionamiento de vehículos automóviles para personas con
discapacidad que presentan movilidad reducida (en adelante, tarjeta de
estacionamiento), expedida por el Ayuntamiento de Santibáñez el Alto, es un
documento público que habilita a sus titulares para ejercer los derechos y obligaciones
previstos en la presente ordenanza, en el Decreto 135/2018, de 1 de agosto, por el
que se aprueba el reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la
edificación, espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte
en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Real Decreto 1056/2014, de 12 de
diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta
de estacionamiento para personas con discapacidad o normas que los/as sustituyan.
Las plazas de aparcamiento reservadas para titulares de tarjeta de estacionamiento de
vehículos automóviles para personas con discapacidad que presenten movilidad
reducida (en adelante plazas de aparcamiento reservadas) tienen por objeto facilitar la
parada y el estacionamiento de vehículos, así como mejorar las condiciones de
desplazamiento de estas personas en transporte privado, como una garantía de
CVE:
BOP-2021-3149
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de junio de 2021
N.º 0121
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movilidad reducida.
Así pues, ante la necesidad de adaptarse al Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por
el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento
para personas con discapacidad y al Decreto 135/2018, de 1 de agosto, por el que se aprueba
el Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la edificación, espacios
públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte en la Comunidad Autónoma
de Extremadura, para incluir las modificaciones normativas recogidas en los mismas, el
Ayuntamiento de SANTIBÁÑEZ EL ALTO considera conveniente la aprobación de la presente
ordenanza.
CAPÍTULO I.
OBJETO, NATURALEZA Y ÁMBITO TERRITORIAL DE APLICACIÓN.
ARTÍCULO 1. OBJETO.
La presente ordenanza tiene por objeto establecer el régimen jurídico aplicable a la tarjeta de
estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad
reducida y regular la creación de plazas de aparcamiento reservadas para titulares de dicha
tarjeta en el municipio de Santibáñez el Alto.
ARTÍCULO 2. NATURALEZA.
La tarjeta de estacionamiento de vehículos automóviles para personas con
discapacidad que presentan movilidad reducida (en adelante, tarjeta de
estacionamiento), expedida por el Ayuntamiento de Santibáñez el Alto, es un
documento público que habilita a sus titulares para ejercer los derechos y obligaciones
previstos en la presente ordenanza, en el Decreto 135/2018, de 1 de agosto, por el
que se aprueba el reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la
edificación, espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte
en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Real Decreto 1056/2014, de 12 de
diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta
de estacionamiento para personas con discapacidad o normas que los/as sustituyan.
Las plazas de aparcamiento reservadas para titulares de tarjeta de estacionamiento de
vehículos automóviles para personas con discapacidad que presenten movilidad
reducida (en adelante plazas de aparcamiento reservadas) tienen por objeto facilitar la
parada y el estacionamiento de vehículos, así como mejorar las condiciones de
desplazamiento de estas personas en transporte privado, como una garantía de
CVE:
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Verificable
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