Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2021-3098)
BOP-2021-3098 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad.
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Las infracciones consideradas como muy graves serán sancionadas con multas de
hasta 1.000 euros, la retirada de la tarjeta de estacionamiento por un tiempo superior a
tres meses e inferior a dos años o la revocación de la tarjeta de forma indefinida, no
pudiendo volver a solicitarse la misma.
ARTÍCULO 19. Graduación de las sanciones.
En la denuncia deberán reflejarse los hechos con la suficiente claridad y concreción
para apreciar las circunstancias concurrentes que permitan graduar la sanción.
La cuantía económica de las sanciones se atendrá a la debida gravedad y
trascendencia del hecho, a los antecedentes del infractor en esta materia y a su
condición de reincidente, al perjuicio causado, directa o indirectamente a terceros o al
interés público y al criterio de proporcionalidad.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
En todo lo no recogido en la presente ordenanza se estará a lo dispuesto en el Real Decreto
1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso
de la tarjeta de estacionamiento y en el Decreto 135/2018, de 1 de agosto, por el que se
aprueba el Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la edificación,
espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte en la Comunidad
Autónoma de Extremadura o normas que los sustituyan.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.
La presente Ordenanza entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación definitiva en
el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Montehermoso, 22 de marzo de 2021
Maria del Mar Mateos Garrido
ALCALDESA
CVE:
BOP-2021-3098
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 25 de junio de 2021
N.º 0119
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