Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acebo. (BOP-2021-3091)
BOP-2021-3091 Acuerdo definitivo Reglamento de Control Interno.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Acebo
EDICTO. Acuerdo definitivo Reglamento de Control Interno.
No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario adoptado inicialmente por el pleno
municipal en sesión de fecha 22 de abril de 2021 sobre la aprobación del REGLAMENTO POR
EL QUE SE DESARROLLA EL RÉGIMEN DE CONTROL INTERNO SIMPLIFICADO del
Ayuntamiento de Acebo, cuyo texto íntegro se hace público, para general conocimiento y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local.
Contra este acuerdo se podrá interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación,
Recurso Contencioso- Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de
Cáceres o, con carácter potestativo, en los términos comprendidos en los arts. 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, recurso de reposición
ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación,
recurso de revisión de conformidad con el artículo 125 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común, todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro
que se estime procedente.
REGLAMENTO DE CONTROL INTERNO SIMPLIFICADO DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE
ACEBO (Cáceres)
TITULO I.- Disposiciones Comunes
ARTÍCULO 1. Objeto y ámbito de aplicación
ARTÍCULO 2. Atribución de la función de control
ARTÍCULO 3. Formas de ejercicio.
ARTÍCULO 4. Principios de ejercicio del control interno
ARTÍCULO 5. De los deberes del órgano de control
CVE:
BOP-2021-3091
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 25 de junio de 2021
N.º 0119
Pág. 13443
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Acebo
EDICTO. Acuerdo definitivo Reglamento de Control Interno.
No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario adoptado inicialmente por el pleno
municipal en sesión de fecha 22 de abril de 2021 sobre la aprobación del REGLAMENTO POR
EL QUE SE DESARROLLA EL RÉGIMEN DE CONTROL INTERNO SIMPLIFICADO del
Ayuntamiento de Acebo, cuyo texto íntegro se hace público, para general conocimiento y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local.
Contra este acuerdo se podrá interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación,
Recurso Contencioso- Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de
Cáceres o, con carácter potestativo, en los términos comprendidos en los arts. 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, recurso de reposición
ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación,
recurso de revisión de conformidad con el artículo 125 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común, todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro
que se estime procedente.
REGLAMENTO DE CONTROL INTERNO SIMPLIFICADO DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE
ACEBO (Cáceres)
TITULO I.- Disposiciones Comunes
ARTÍCULO 1. Objeto y ámbito de aplicación
ARTÍCULO 2. Atribución de la función de control
ARTÍCULO 3. Formas de ejercicio.
ARTÍCULO 4. Principios de ejercicio del control interno
ARTÍCULO 5. De los deberes del órgano de control
CVE:
BOP-2021-3091
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 25 de junio de 2021
N.º 0119
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