Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2021-2975)
BOP-2021-2975 Modificación de la Ordenanza reguladora por la prestación de los servicios de casas de baños, duchas, piscinas y otros servicios análogos.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
●
●
●
●
inscriba.
El abono será del 50% de la tasa para la segunda escuela deportiva en la que se
inscriba.
El abono será del 25% de la tasa para la tercera escuela deportiva en la que se inscriba.
Se contemplarán las siguientes ayudas para la inscripción en los cursos deportivos:
Tendrán una rebaja del 25% por inscrito siempre que se presente documento
acreditativo de familia numerosa.
EXENCIONES.
Piscina Municipal.
- Gozarán de exención lo/as menores de 3 años.
- Miembros de protección civil y Cruz Roja empadronados/as en Moraleja:
Gozarán de exención en la tarifa de carné familiar de la piscina municipal los/as
miembros de protección civil y Cruz Roja empadronados/as en Moraleja previo
informe del/a responsable de Protección Civil o Cruz Roja relativo a la realización
de los mínimos servicios exigidos.
Escuelas deportivas.
- Gozarán de exención los/as menores de edad que presenten certificado elaborado por
los servicios sociales del Excmo. Ayuntamiento de Moraleja acreditativo de la situación
de desempleo (parados/as de larga duración) de todos/as los/as miembros mayores de
edad de la unidad familiar.
Utilización de instalaciones deportivas.
- Estarán exentos/as por el uso del Pabellón, Campo de Fútbol 7 y/o Campo de Fútbol
11 los clubes o asociaciones deportivas locales registradas en el Registro del Patronato
Municipal de Deportes de Moraleja, durante el desarrollo de sus competiciones oficiales
y/o encuentros de preparación en pretemporada y temporada.
Para la aplicación de las exenciones o bonificaciones recogidas en esta ordenanza se deberá
acreditar documentalmente la circunstancia que se avala dicha exención o bonificación.
3. Los derechos liquidados por aplicación de la tarifa autorizan la utilización de los servicios
CVE:
BOP-2021-2975
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 21 de junio de 2021
N.º 0115
Pág. 13182
●
●
●
inscriba.
El abono será del 50% de la tasa para la segunda escuela deportiva en la que se
inscriba.
El abono será del 25% de la tasa para la tercera escuela deportiva en la que se inscriba.
Se contemplarán las siguientes ayudas para la inscripción en los cursos deportivos:
Tendrán una rebaja del 25% por inscrito siempre que se presente documento
acreditativo de familia numerosa.
EXENCIONES.
Piscina Municipal.
- Gozarán de exención lo/as menores de 3 años.
- Miembros de protección civil y Cruz Roja empadronados/as en Moraleja:
Gozarán de exención en la tarifa de carné familiar de la piscina municipal los/as
miembros de protección civil y Cruz Roja empadronados/as en Moraleja previo
informe del/a responsable de Protección Civil o Cruz Roja relativo a la realización
de los mínimos servicios exigidos.
Escuelas deportivas.
- Gozarán de exención los/as menores de edad que presenten certificado elaborado por
los servicios sociales del Excmo. Ayuntamiento de Moraleja acreditativo de la situación
de desempleo (parados/as de larga duración) de todos/as los/as miembros mayores de
edad de la unidad familiar.
Utilización de instalaciones deportivas.
- Estarán exentos/as por el uso del Pabellón, Campo de Fútbol 7 y/o Campo de Fútbol
11 los clubes o asociaciones deportivas locales registradas en el Registro del Patronato
Municipal de Deportes de Moraleja, durante el desarrollo de sus competiciones oficiales
y/o encuentros de preparación en pretemporada y temporada.
Para la aplicación de las exenciones o bonificaciones recogidas en esta ordenanza se deberá
acreditar documentalmente la circunstancia que se avala dicha exención o bonificación.
3. Los derechos liquidados por aplicación de la tarifa autorizan la utilización de los servicios
CVE:
BOP-2021-2975
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 21 de junio de 2021
N.º 0115
Pág. 13182