Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde del Fresno. (BOP-2021-2956)
BOP-2021-2956 Nulidad del acuerdo por el que se modifica la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Suministro de Agua, adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Valverde del Fresno, en sesión de 28 de noviembre de 2016.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Valverde del Fresno
ANUNCIO. Nulidad del acuerdo por el que se modifica la Ordenanza Fiscal
reguladora de la Tasa por Suministro de Agua, adoptado por el Pleno del
Ayuntamiento de Valverde del Fresno, en sesión de 28 de noviembre de 2016.
Acuerdo del Pleno de fecha 11 de junio de 2021, del Ayuntamiento de Valverde del Fresno por
la que se aprueba definitivamente expediente de NULIDAD DEL ACUERDO POR EL QUE SE
MODIFICA LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR SUMINISTRO DE
AGUA, ADOPTADO POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE VALVERDE DEL FRESNO,
EN SESIÓN DE 28 DE NOVIEMBRE DE 2016.
En el ejercicio de la facultad de revisión de oficio de disposiciones y actos nulos prevista en el
artículo 106 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas (Ley 39/2015), el Pleno del Ayuntamiento de Valverde del
Fresno, de acuerdo con la Comisión Jurídica de Extremadura, adopta, por unanimidad, el
siguiente Acuerdo:
ANTECEDENTES.
PRIMERO. En fecha 25 de enero de 2017 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres la aprobación definitiva por el Ayuntamiento de Valverde del Fresno de la modificación
de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por suministro de agua y alcantarillado, la cual
era del siguiente tenor literal:
“- Bonificación del 100% para consumos que no superen el 125% del consumo medio de
lecturas de contadores de los dos últimos años, salvo justificación debidamente acreditada.
- Bonificación del 50% para consumos que no superen hasta el 150% del consumo medio de
lecturas de contadores de los dos últimos años, salvo justificación debidamente acreditada.
- Para consumos de más del 150% del consumo medio de lecturas de contadores de los dos
últimos años, no se aplicará bonificación alguna.”
SEGUNDO. En fecha 11 de enero de 2021, el/la Secretario/a-Interventor/a del Ayuntamiento de
CVE:
BOP-2021-2956
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 18 de junio de 2021
N.º 0114
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