Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2021-2949)
BOP-2021-2949 Aprobación definitiva modificación de la tarifa décima de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios o realización de actividades.
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el Boletín Oficial de la Provincia y se aplicará en tanto no se acuerde su modificación o
derogación.
Contra el presente acuerdo se interpondrá recurso contencioso-administrativo. Ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio.
TARIFA DECIMOQUINTA. Centro de Día (B.O.P. Martes 27 Diciembre 2005 Nº 245)
CUOTA.
La cuota mensual será la siguiente:
Para aquellos usuarios cuyos ingresos de la unidad de convivencia no superen el Salario
Mínimo Interprofesional: 150 euros por persona.
Para aquellos usuarios cuyos ingresos de la unidad de convivencia superen el Salario Mínimo
Interprofesional: el 30 por cien de la pensión que reciba.
EXENCIONES.
Quedarán exentos de la tasa:
Aquellos usuarios que no posean ingresos de ningún tipo, que deberán ser
debidamente acreditados.
Los usuarios que el Ayuntamiento, previo informe favorable de los Servicios Sociales
municipales, considere.
TARIFA DECIMOSEXTA. Inscripción en las pruebas selectivas del personal al servicio de esta
administración municipal. (B.O.P Lunes 31 Diciembre 2007 Nº 251)
ARTÍCULO 1: OBJETO.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 a 27 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, en concreto, el artículo 20. 4 se establece la tasa por
inscripción en las pruebas selectivas del personal al servicio de esta Administración.
ARTÍCULO 2: HECHO IMPONIBLE.
CVE:
BOP-2021-2949
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 18 de junio de 2021
N.º 0114
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