Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Rebollar. (BOP-2021-2944)
BOP-2021-2944 Aprobación definitiva de Reglamento del Servicio Municipal de Saneamiento.
33 páginas totales
Página
la evacuación de las aguas pluviales o las definidas anteriormente como aguas no
contaminadas.
21. Red de alcantarillado de aguas residuales: conjunto de conductos e instalaciones en el
subsuelo que sirven para la evacuación de aguas residuales de todo tipo y en forma exclusiva.
22. Usuario: aquella persona que descargue o provoque vertidos de aguas residuales a las
instalaciones públicas de saneamiento.
23. Vertidos limitados: todo vertido que por su potencial contaminador y bajo ciertas
limitaciones pueda tolerarse en las instalaciones municipales de saneamiento y en su cauce
receptor.
24. Vertidos peligrosos: todo vertido no fortuito, voluntario o involuntario que por negligencia o
mala fe pueda ocasionar una emergencia real o potencial a personas, instalaciones
municipales o al cauce receptor.
25. Vertidos permitidos: cualquier vertido tolerable o inofensivo que tenga concedida la
correspondiente autorización de vertido.
26. Vertidos prohibidos: aquellos vertidos que por su naturaleza y peligrosidad son totalmente
inadmisibles en las instalaciones municipales de saneamiento.
27. Vertidos residuales: toda materia residual sólida, líquida o gaseosa, incluidas las aguas de
refrigeración, resultante de una actividad manufacturera, industrial, de desarrollo, recuperación
o procesamiento de recursos naturales.
ANEXO III
LISTA DE SUSTANCIAS Y MATERIALES TÓXICOS Y PELIGROSOS.
1. Arsénico y compuestos.
2. Mercurio y compuestos.
3. Cadmio y compuestos.
4. Talio y compuestos.
5. Berilio y compuestos.
6. Compuestos de cromo hexavalente.
CVE:
BOP-2021-2944
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 18 de junio de 2021
N.º 0114
Pág. 13059