Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino. (BOP-2021-2890)
BOP-2021-2890 Aprobación definitiva Ordenanza tarjetas de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
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CAPÍTULO V. INFRACCIONES Y SANCIONES.
ARTÍCULO 17. INFRACCIONES.
1. Las acciones u omisiones que contravengan lo establecido en esta ordenanza, constituirán
infracción y serán sancionadas consecuentemente.
2. Las infracciones podrán ser leves, graves o muy graves.
2.a) Tendrán la consideración de infracciones leves las siguientes:
- Colocar la tarjeta en el vehículo de forma que resulte ilegible.
- No situar en el parabrisas del vehículo junto a la tarjeta caducada el certificado
emitido por el Ayuntamiento.
- Sobrepasar el tiempo establecido como máximo en estacionamientos en carga y
descarga.
2.b) Tendrán la consideración de infracciones graves las siguientes:
- Hacer uso indebido del derecho de acceso a zonas peatonales y recintos
artísticos y monumentales, estacionando el vehículo en caso de no existir plaza
de estacionamiento reservada.
- La utilización de la tarjeta de estacionamiento en plaza reservada sin que en la
llegada o salida del vehículo acceda al mismo el/la titular de la tarjeta.
- Utilizar una tarjeta caducada.
- Dejar de comunicar la modificación de las circunstancias personales del/a titular
de la tarjeta facilitadas para la obtención de la misma.
- La reiteración en un año de tres faltas leves.
2.c) Tendrán la consideración de infracciones muy graves las siguientes:
- Uso fraudulento de un duplicado de tarjeta.
- Falsificación de documentos para la obtención de la tarjeta de estacionamiento.
- Utilizar una tarjeta reproducida, falsificada, manipulada o anulada.
CVE:
BOP-2021-2890
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de junio de 2021
N.º 0112
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