Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino. (BOP-2021-2890)
BOP-2021-2890 Aprobación definitiva Ordenanza tarjetas de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
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visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos,
así como que no se encuentre, por razones de salud u otras causas, imposibilitado/a para
efectuar desplazamientos fuera del hogar), el procedimiento administrativo para la renovación
de la tarjeta se iniciará a petición de la parte interesada sin necesidad de exigir un nuevo
certificado, salvo en los casos en los que el Ayuntamiento de Aldeanueva del Camino,
motivada y expresamente, lo solicite.
3. En el caso de que el certificado emitido por el CADEX sea provisional, el procedimiento
administrativo para la renovación de la tarjeta se iniciará a petición de la parte interesada
siendo necesario la presentación de un nuevo certificado emitido por el CADEX.
4. En el caso de la tarjeta de estacionamiento provisional, el procedimiento administrativo para
la renovación de la tarjeta se iniciará a petición de la parte interesada siendo necesario la
presentación de un nuevo certificado emitido por el personal médico facultativo de los servicios
públicos de salud.
5. Mientras dure el procedimiento de renovación, se prorrogará la validez de la tarjeta en
trámite, siempre que la solicitud de renovación se haya realizado dentro del plazo establecido.
El Ayuntamiento emitirá documento que certifique que la tarjeta se encuentra en proceso de
renovación, el cual deberá ser expuesto en el parabrisas delantero del vehículo junto a la
tarjeta de estacionamiento caducada. (ANEXO III).
6. La expedición de la tarjeta de estacionamiento renovada requerirá la previa devolución de la
tarjeta caducada.
ARTÍCULO 12. EXPEDICIÓN DE DUPLICADOS.
1. La solicitud de duplicado se realizará mediante el impreso normalizado (ANEXO I, II), que se
presentará, una vez cumplimentado, en el Registro General del Ayuntamiento de Aldeanueva
del Camino o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Si la solicitud de duplicado responde al extravío, robo o cualquier otra circunstancia que haya
producido la pérdida de la tarjeta de estacionamiento, efectuará en la solicitud una declaración
expresa de esta circunstancia y si procede aportará copia de la denuncia presentada ante la
autoridad competente.
3. En el supuesto de recuperar la tarjeta de estacionamiento desaparecida, la persona titular de
la misma debe proceder a la devolución del duplicado expedido.
CVE:
BOP-2021-2890
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de junio de 2021
N.º 0112
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