Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2021-2837)
BOP-2021-2837 Convenio de delegación de la gestión tributaria y recaudatoria con el Ayuntamiento de Brozas.
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- N.I.F./C.I.F. completo y correcto.
- Domicilio fiscal completo del/a sujeto pasivo (al menos: nombre de la vía, número del
portal o punto kilométrico, escalera, piso, puerta, provincia, municipio, y pedanía (en su
caso)).
- Concepto, importe de la deuda y periodo a que se refiere, quedando el O.A.R.G.T.
exonerado de toda responsabilidad en las deudas que no cumplan estos requisitos.
SEXTA.- COLABORACIÓN DEL AYUNTAMIENTO EN LA GESTIÓN TRIBUTARIA.
En la idea de reforzar las actuaciones que el O.A.R.G.T., debe realizar al tener delegada la
Gestión Tributaria del IBI y del IAE, el Ayuntamiento a través de sus servicios fiscales, se
compromete a colaboraren las siguientes actuaciones:
a) En el IBI, básicamente en toma de datos de valores desconocidos, sin domicilio, etc.
Asimismo se compromete a la entrega periódica en soporte magnético de todas las
plusvalías liquidadas en el Ayuntamiento como consecuencia de las transmisiones de
dominio de terrenos urbanos o Urbanizables.
b) En el IAE, básicamente en el envío de documentos referentes a la licencia de
apertura de nuevos establecimientos: Comerciales, Industriales y de Profesionales, etc.
c) En las tasas, el Ayuntamiento comunicará al O.A.R.G.T. las bajas y altas censales,
comprobará la correcta titularidad de las referencias censales y, en las que proceda,
aportará los consumos y datos necesarios para la liquidación. Para ello dispondrá de
accesos al aplicativo informático del O.A.R.G.T., y usará esta vía como canal de
comunicación preferente.
SÉPTIMA.- PROCEDIMIENTO DE APREMIO.
En la tramitación del procedimiento de apremio se seguirán las prescripciones de la normativa
que en cada momento la regule: el Reglamento General de Recaudación, la Instrucción de
Contabilidad para la Administración Local, la Ley General Tributaria, la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, la Ley del Procedimiento administrativo común de las Administraciones
Públicas, la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las de la Ordenanza del
O.A.R.G.T. y demás normativa aplicación.
CVE:
BOP-2021-2837
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 14 de junio de 2021
N.º 0110
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