Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-2821)
BOP-2021-2821 EXTRACTO. Normas Reguladoras de la subvención del Plan de Emergencia Municipal 2021.
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Por esta misma razón, las entidades beneficiarias no necesitarán solicitar una prórroga del
plazo de ejecución, sin perjuicio de que la Diputación podrá ampliar de oficio el plazo de
ejecución de las ayudas, mediando causas objetivas, que deberá motivar.
Plazo de justificación.
El plazo de justificación será de tres meses desde la finalización del plazo de ejecución. La
entidad local beneficiaria podrá solicitar una prórroga del plazo de justificación. Es obligado que
dicha solicitud de prórroga esté registrada en Diputación al menos diez días naturales antes del
término de su correspondiente plazo inicial. La Diputación, a la vista de las razones expuestas,
podrá conceder o denegar la ampliación, en las condiciones establecidas en el artículo 70 del
RLGS y 32 de la LPACAP. La eventual resolución de ampliación deberá producirse, en todo
caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate.
La Diputación podrá ampliar de oficio el plazo de justificación de las ayudas, mediando causas
objetivas, que deberá motivar.
Beneficiarios/as.
Se ha establecido el listado de ayudas que se refleja en la relación de entidades locales
beneficiarias que consta en al anexo a estas normas, de acuerdo con los criterios objetivos que
se detallan en la norma cuarta, apartado dedicado a la financiación.
Compromisos principales a asumir entre las partes.
La Diputación procederá a la entrega de los PEMU a partir de que se produzca la concesión
definitiva de las ayudas y con anterioridad a la presentación de la correspondiente justificación.
Y aportará en especie a cada entidad local beneficiaria el PEMU que le corresponda, valorado
en la cantidad que se fije por los órganos competentes, para aplicarlo a la realización del objeto
de la subvención.
Las entidades locales se comprometen a desarrollar las actuaciones necesarias para la
ejecución plena del objeto subvencionado, de acuerdo con las normas reguladoras.
Cáceres, 3 de junio de 2021
Ana de Blas Abad
SECRETARIA DE LA EXCELENTÍSIMA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES
CVE:
BOP-2021-2821
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de junio de 2021
N.º 0109
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