Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. (BOP-2021-2783)
BOP-2021-2783 AT-9192. Expropiación Forzosa. Proyecto para ampliación de la Línea aérea de media tensión 4854-03-Coria, de la STR Galisteo, de 13,2 kV y soterramiento de un tramo de la misma, en el t.m. de Alagón del Río (Cáceres).
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Sección II - Administración Autonómica
Junta de Extremadura
Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
ANUNCIO. AT-9192. Expropiación Forzosa. Proyecto para ampliación de la Línea
aérea de media tensión 4854-03-Coria, de la STR Galisteo, de 13,2 kV y
soterramiento de un tramo de la misma, en el t.m. de Alagón del Río (Cáceres).
Anuncio del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, de la Dirección General de
Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, sobre
convocatoria de actas previas a la ocupación del expediente AT-9192.
Por tener concedido el proyecto de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU., denominado:
"Proyecto para ampliación de la LAMT-4854-03-"Coria" de la STR "Galisteo", de 13,2 kV, y
soterramiento de un tramo de la misma, en el término municipal de Alagón del Río (Cáceres),”
con el número AT- 9192 la declaración de Utilidad Pública por Resolución del Servicio
Ordenación Industrial, Energética y Minera de Cáceres, de fecha 17/11/2020 publicada en el
D.O.E. Nº 232 de fecha 1-12-2020 y, de conformidad con el artº. 56 de la Ley 24/2013 de 26 de
Diciembre, del Sector Eléctrico, que establece que la declaración de utilidad pública lleva
implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implica la Urgente
Ocupación a los efectos establecidos en el artº. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de
Diciembre de 1.954.
Este Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, convoca a los/as titulares de los
bienes y derechos afectados que figuran en relación adjunta para que comparezcan el día,
hora y lugar señalados al final del presente escrito, para desde allí trasladarse posteriormente
al terreno, si fuera necesario, y proceder al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación
de las fincas afectadas.
A dicho acto deberán asistir los/as afectados/as, personalmente o bien representados por
persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo de la contribución, pudiendo hacerse
acompañar a su costa, si lo estiman oportuno, de Peritos/as y Notario/a.
De conformidad con lo dispuesto en el Artº. 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación
Forzosa aprobado por Decreto de 26 de abril de 1.957, los interesados, así como las personas
CVE:
BOP-2021-2783
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de junio de 2021
N.º 0107
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