Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2021-2774)
BOP-2021-2774 Convocatoria y Bases aprobadas para la provisión de dos plazas de Agente de la Policía Local.
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Administrativa.
QUINTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
5.1. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 50 de las normas-marco, el Tribunal estará
formado por cinco miembros con sus respectivos suplentes.
PRESIDENCIA: Un funcionario designado por la Alcaldía.
VOCALES: Un funcionario nombrado por la Consejería competente en materia de coordinación
de Policías Locales; El Jefe de la Policía Local o en su caso mando intermedio que lo sustituya
y un funcionario/a de la Corporación designado por la Alcaldía.
SECRETARÍA: Un funcionario de la Corporación Municipal nombrado por la Alcaldía, que
tendrá voz pero no voto.
El Tribunal Calificador quedará integrado, además, por los suplentes respectivos que
simultáneamente con los titulares habrán de designarse.
En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de imparcialidad y
profesionalidad, asimismo, se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.
5.2. La composición de los Tribunales será predominantemente técnica y todos los miembros
serán funcionarios de carrera debiendo pertenecer a un grupo de clasificación igual o superior
a aquel en el que se integren las plazas convocadas y en caso de ser miembros de un Cuerpo
de Policía, deberán además pertenecer a una categoría igual o superior a las plazas objeto de
convocatoria.
5.3. A iniciativa de cada central sindical podrán estar presentes en los Tribunales durante la
totalidad del proceso selectivo, en calidad de observadores, un representante de cada una de
las Centrales u Organizaciones Sindicales con representatividad en el ámbito de la Policía
Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura. No podrán participar como observadores
en las fases y actos del proceso selectivo, en los que se delibere, decida y materialice el
contenido de las pruebas, antes de su realización.
5.4. Tribunal Calificador podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas. Dichos asesores se limitarán a la colaboración que, en función de sus
especialidades técnicas, les solicite Tribunal Calificador, por lo que actuarán con voz, pero sin
voto.
CVE:
BOP-2021-2774
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de junio de 2021
N.º 0107
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