Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2770)
BOP-2021-2770 Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para el fomento de la igualdad LGTBI en la ciudad de Cáceres para el año 2021.
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resumen de extractos bancarios en caso de no poder acreditar adeudo domiciliario, transferencias
y/o pagos al contado)
4.3.- Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
4.4.- En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así
como de los intereses derivados de los mismos.
4.5.- Justificantes de gasto. La documentación a presentar para la justificación de cada uno
de los gastos será la que se relaciona a continuación:
a) Gastos de suministros y servicios. Con carácter general los gastos se justificarán mediante
la presentación de Facturas (emitidas con todos los requisitos legales, sin tachaduras ni
enmiendas). No serán válidos como justificantes, en ningún caso, tickets de cajas, albaranes,
presupuestos, nota de entrega, etc.
En relación a la justificación de los pagos de los gastos realizados, se establece el siguiente
régimen de justificación:
- Si la forma de pago es una transferencia bancaria, ésta se justificará mediante copia del
resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar en el concepto de transferencia el
número de factura o, en defecto de ésta, el concepto de abonado y el cargo en cuenta
bancaria.
- Si la forma de pago es el cheque, el documento justificativo consistirá en:
 Un recibí, firmado y sellado por el proveedor, en el que debe especificarse la
factura o documentación justificativa del gasto a que corresponde el pago y su
fecha, el número y la fecha del cheque y debajo de la firma debe aparecer el
nombre y número del NIF de la persona que firma.
 Copia del extracto bancario del cargo en cuenta correspondiente a la operación
justificada.
- Si la forma de pago es en metálico, el documento justificativo consistirá en un recibí,
firmado y sellado por el proveedor, en el que debe especificarse la factura o documento
justificativo del gasto a que corresponde el pago y su fecha, debajo de la firma debe
aparecer el nombre y número del NIF de la persona que firma. Solo se admitirá el pago
en metálico en facturas o documentos justificativos del gasto de cuantía inferior a
300,00 euros, con un máximo de 750,00 euros por expediente, (se facilitará modelo
orientativo)
- -Si la forma de pago es por tarjeta de crédito debe quedar acreditado el justificante de
pago con tarjeta, además del resguardo de la cuenta bancaria donde se cargue el
movimiento de la tarjeta y dicha tarjeta debe estar a nombre del beneficiario de la
subvención, por lo que deben quedar justificados estos extremos.
b) Es obligatorio aportar justificante bancario relativo al pago de la factura o documento
inequívoco relativo al pago de la misma como documentación bancaria o certificado de la empresa
declarando que el pago haya sido abonado en metálico (se facilitará modelo orientativo).
CVE:
BOP-2021-2770
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de junio de 2021
N.º 0107
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