Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2021-2768)
BOP-2021-2768 Bases reguladoras para la concesión de Subvenciones en materia de ayudas a la natalidad - Cheque Bebé.
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OCTAVA. - Obligaciones de los/las Beneficiarios/as.
Son obligaciones de los/las beneficiarios/as las siguientes:
Realizar las actividades que fundamenten el otorgamiento de la subvención.
Someterse a las actuaciones de comprobación que correspondan en relación a las
ayudas concedidas.
Comunicar al ayuntamiento la obtención de otras ayudas para la financiación de las
actividades subvencionadas, así como cualquier alteración de las condiciones tenidas
en cuenta para el otorgamiento de la subvención.
DÉCIMA. Justificación y Pago.
Esta subvención tendrá carácter pospagable, de acuerdo con las reglas siguientes:
La justificación se realizará con la presentación de todos los datos requeridos en la
solicitud de la ayuda.
El pago a los/las beneficiarios/as se realizará una vez realizada la justificación.
El pago se realizará, en función de las disponibilidades de tesorería, a lo largo del
ejercicio presupuestario en que se produzca la concesión de la subvención.
DISPOSICIÓN FINAL
Única. - Entrada en Vigor.
La presente entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres.
Aldeacentenera, 4 de junio de 2021
Francisco Muñoz Jiménez
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2021-2768
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 9 de junio de 2021
N.º 0107
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