Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera. (BOP-2021-2731)
BOP-2021-2731 Ordenanza fiscal reguladora de la tasa y de la prestación del servicio de ordenacion y regulacion de aparcamiento de vehiculos en superficie, por rotacion- O.R.A.
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Los/as solicitantes deberán acreditar no tener deudas del vehículo pendientes en periodo
ejecutivo con el Ayuntamiento de Madrigal de la Vera.
2. Los vehículos de propietarios/as de viviendas o sus cónyuges o parejas de hecho que no
figuren como propietarios/as de las mismas y estén sitas en el área de estacionamiento
regulado en el área de la Garganta de Alardos podrán aparcar gratuitamente en el área
delimitada y reservada para los mismos en la Calle José Pérez Rodríguez y en la C/ Camino
del Puente Romano.
3. Aquellos elementos de ocupación de la vía pública por obras, reparaciones u otras similares
estarán asimismo excluidos del ámbito de aplicación de la zona de estacionamiento limitado,
sin perjuicio de la aplicación de la normativa fiscal correspondiente que grave su utilización.
Artículo 7. Distintivos de exención de pago de tasa en el área de estacionamiento.
1. Los/as titulares de vehículos exentos de pago de tasa por aparcamiento en la ZONA ORA
deberán disponer de un distintivo que los identifique como tales que estará colocado en su
vehículo de tal forma que resulte perfectamente visible desde el exterior.
2. Podrán obtener para sus vehículos turismos, mixtos o asimilables la acreditación de titular de
vehículos exentos de pago, las personas físicas que lo soliciten, figuren empadronadas, y las
personas jurídicas con sede social en el municipio de Madrigal de la Vera para aquellos
vehículos que abonen el IVTM en el municipio de Madrigal de la Vera y estén al corriente en el
pago no teniendo deudas en vía ejecutiva.
A estos efectos se considerará titular del vehículo exento de pago en la ZONA ORA, la persona
física o jurídica a cuyo nombre figure el vehículo en el correspondiente permiso de circulación.
3. A efectos de obtener el distintivo especial de exención, el/la interesado/a deberá aportar la
siguiente documentación o autorizar al Ayuntamiento a su comprobación:
Fotocopia del último recibo del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica o fotocopia
del Permiso de Circulación del vehículo para el que se solicita distintivo de residente.
Certificado de empadronamiento en Madrigal de la Vera.
4. El/la antiguo/a titular del distintivo de exención junto a la solicitud deberá aportar declaración
responsable de que sigue cumpliendo los mismos requisitos que el año anterior le permitieron
disponer del mismo.
CVE:
BOP-2021-2731
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 7 de junio de 2021
N.º 0105
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