Sección IV - Administración de Justicia. Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción. Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 6 de Cáceres. (BOP-2021-2718)
BOP-2021-2718 Procedimiento Ordinario 224/2020.
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SEGUNDO. Mediante decreto de 29 de julio de 2020 se admitió a trámite la demanda,
ordenando emplazar al demandado para que pudiera contestarla en el plazo legal de 20 días.
Por diligencia de ordenación de 30 de noviembre de 2020 se declaró a D. Fernando Gallardo
Fernández en situación de rebeldía procesal, convocando a las partes a la celebración del acto
de audiencia previa.
TERCERO. El 20 de mayo de 2021, con asistencia únicamente de la parte actora, tuvo lugar la
audiencia previa. Dña. Mª Antonia López Medina se ratificó en su escrito de demanda y solicitó
el recibimiento del pleito a prueba. La parte actora propuso la documental por reproducida.
Admitida la prueba, quedaron los autos vistos para dictar sentencia. La audiencia previa se
grabó en soporte digital de conformidad con lo dispuesto en el artículo 147 L.E.C.
FALLO
Estimo la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales, Dña. Guadalupe Sánchez-
Rodilla Sánchez, actuando en nombre y representación de Dña. Mª Antonia López Medina
frente a D. Fernando Gallardo Fernández y efectúo los siguientes pronunciamientos:
1. Declaro extinguido el condominio que la actora y el demandado mantienen respecto de la
finca “Urbana: Casa señalada con el número 16 de la calle Carretas, en el término de
Torremocha, consta de dos plantas, baja y doblado en su parte trasera, ocupa una superficie
aproximada según el título de 40 metros cuadrados y según el catastro de 101 metros
cuadrados, y tiene una superficie construida de 151 metros cuadrados, distribuidos en dos
plantas: planta baja destinada a vivienda de 101 metros cuadrados, y planta primera destinada
a doblado o almacén de 50 metros cuadrados. Linda: frente, calle de su situación; fondo,
urbana número 14 de la calle Carretas de Juan Gema Cortes Domine; derecha entrado, urbana
número 14 de la misma calle de Juan Gema Corte Domine; izquierda, calle Rio. REFERENCIA
CATASTRAL: 3791607QD4539S0002QQ.
Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Montánchez, bajo el número de finca 6513”.
2. Declaro la indivisibilidad de la finca anteriormente descrita.
3. Ordeno que la finca objeto de división sea vendida por cualquiera de las formas sañaladas
en el artículo 636 L.E.C., fijándose como justiprecio el previsto en el informe de valoración de la
finca, esto es 42.247,72 euros.
4. Condeno a D. Fernando Gallardo Fernández al abono de todas las costas procesales.
Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que la misma no es firme,
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BOP-2021-2718
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Viernes, 4 de junio de 2021
N.º 0104
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