Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Carrascalejo. (BOP-2021-2614)
BOP-2021-2614 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida del Ayuntamiento de Carrascalejo.
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4. En todo caso, el establecimiento de estas reservas se efectuará en función de la demanda,
dotación y uso potencial, previo análisis de las circunstancias particulares de cada zona o
emplazamiento concreto.
CAPÍTULO V. INFRACCIONES Y SANCIONES.
Artículo 17. Infracciones.
1. Las acciones u omisiones que contravengan lo establecido en esta ordenanza, constituirán
infracción y serán sancionadas adecuadamente.
2. Las infracciones podrán ser leves, graves o muy graves:
2.a) Tendrán la consideración de infracciones leves las siguientes:
Colocar la tarjeta en el vehículo de forma que resulte ilegible.
No situar en el parabrisas del vehículo junto a la tarjeta caducada el certificado emitido
por el Ayuntamiento.
Sobrepasar el tiempo establecido como máximo en estacionamientos en carga y
descarga.
2.b) Tendrán la consideración de infracciones graves las siguientes:
Hacer uso indebido del derecho de acceso a zonas peatonales y recintos artísticos y
monumentales, estacionando el vehículo en caso de no existir plaza de estacionamiento
reservada.
La utilización de la tarjeta de estacionamiento en plaza reservada sin que en la llegada o
salida del vehículo acceda al mismo el/la titular de la tarjeta.
Utilizar una tarjeta caducada.
Dejar de comunicar la modificación de las circunstancias personales del/a titular de la
tarjeta facilitadas para la obtención de la misma.
La reiteración en un año de tres faltas leves.
2.c) Tendrán la consideración de infracciones muy graves las siguientes:
Uso fraudulento de un duplicado de tarjeta.
Falsificación de documentos para la obtención de la tarjeta de estacionamiento.
Utilizar una tarjeta reproducida, falsificada, manipulada o anulada.
No permitir el examen de la tarjeta por la autoridad competente.
Ceder, prestar, alquilar o vender la tarjeta a otra persona distinta a la del/a titular.
CVE:
BOP-2021-2614
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 2 de junio de 2021
N.º 0102
Pág. 11572
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4. En todo caso, el establecimiento de estas reservas se efectuará en función de la demanda,
dotación y uso potencial, previo análisis de las circunstancias particulares de cada zona o
emplazamiento concreto.
CAPÍTULO V. INFRACCIONES Y SANCIONES.
Artículo 17. Infracciones.
1. Las acciones u omisiones que contravengan lo establecido en esta ordenanza, constituirán
infracción y serán sancionadas adecuadamente.
2. Las infracciones podrán ser leves, graves o muy graves:
2.a) Tendrán la consideración de infracciones leves las siguientes:
Colocar la tarjeta en el vehículo de forma que resulte ilegible.
No situar en el parabrisas del vehículo junto a la tarjeta caducada el certificado emitido
por el Ayuntamiento.
Sobrepasar el tiempo establecido como máximo en estacionamientos en carga y
descarga.
2.b) Tendrán la consideración de infracciones graves las siguientes:
Hacer uso indebido del derecho de acceso a zonas peatonales y recintos artísticos y
monumentales, estacionando el vehículo en caso de no existir plaza de estacionamiento
reservada.
La utilización de la tarjeta de estacionamiento en plaza reservada sin que en la llegada o
salida del vehículo acceda al mismo el/la titular de la tarjeta.
Utilizar una tarjeta caducada.
Dejar de comunicar la modificación de las circunstancias personales del/a titular de la
tarjeta facilitadas para la obtención de la misma.
La reiteración en un año de tres faltas leves.
2.c) Tendrán la consideración de infracciones muy graves las siguientes:
Uso fraudulento de un duplicado de tarjeta.
Falsificación de documentos para la obtención de la tarjeta de estacionamiento.
Utilizar una tarjeta reproducida, falsificada, manipulada o anulada.
No permitir el examen de la tarjeta por la autoridad competente.
Ceder, prestar, alquilar o vender la tarjeta a otra persona distinta a la del/a titular.
CVE:
BOP-2021-2614
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 2 de junio de 2021
N.º 0102
Pág. 11572