Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera. (BOP-2021-2608)
BOP-2021-2608 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la expedición de Tarjetas de Estacionamiento para personas con movilidad reducida en Extremadura y de la creación y reserva de plazas de aparcamiento en la vía pública para los vehículos de las personas.
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ORDENANZA REGULADORA DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE
VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE PRESENTEN
MOVILIDAD REDUCIDA EN EXTREMADURA Y DE LA CREACIÓN Y
RESERVA DE PLAZAS DE APARCAMIENTO EN LA VÍA PÚLICA PARA
LOS VEHÍCULOS DE LAS PERSONAS TITULARES DE LA TARJETA
PREÁMBULO
Constituye un deber de los poderes públicos garantizar el máximo bienestar posible
a los ciudadanos, facilitando su participación en la vida política, económica, cultural
y social. La Constitución española regula en su artículo 49 la atención a las
personas con discapacidad desde el punto de vista del principio de igualdad y de la
prohibición de discriminación consignados en los artículos 9.2 y 14 del texto
constitucional.
De acuerdo con los preceptos constitucionales señalados, los poderes públicos
actuarán, entre otros, según los principios de accesibilidad y transversalidad en sus
políticas en materia de discapacidad, tal y como queda plasmado en el artículo 1 del
texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y
de su Inclusión Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre, que, en su artículo 3, recoge entre sus principios los de vida
independiente y accesibilidad universal.
En el ámbito europeo, la Recomendación (98/376/CE) del Consejo de la Unión
Europea, de 4 de junio de 1998, adaptada por la Recomendación (2008/2005/CE),
sobre la creación de una tarjeta de estacionamiento para personas con
discapacidad, abogaba por el reconocimiento mutuo por los Estados miembros de
un modelo comunitario uniforme de tarjeta de estacionamiento para personas con
discapacidad, de manera que pudieran disfrutar en todo el territorio comunitario de
las facilidades a que da derecho la misma con arreglo a las normas nacionales
vigentes del país en que se encuentren.
El Texto refundido de la Ley de Tráfico, aprobado por Real Decreto legislativo
6/2015, de 30 de octubre, en su artículo 7 otorga a los municipios la competencia
para La regulación mediante ordenanza municipal de circulación, de los usos de las
vías urbanas, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos
entre todos los usuarios con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso
peatonal de las calles, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento
limitado, con el fin de garantizar la rotación de los aparcamientos, prestando
especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad que tienen
reducida su movilidad y que utilizan vehículos, todo ello con el fin de favorecer su
integración social.
El Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las
condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para
personas con discapacidad, tiene por objeto el establecimiento de unas condiciones
básicas que garanticen la igualdad en todo el territorio para la utilización de la
tarjeta de estacionamiento, con una regulación que garantice la seguridad jurídica
Cód.
Validación:
9CZFG3R6G2J564FPZJPXEKSXH
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Verificación:
https://arroyomolinosdelavera.sedelectronica.es/
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Miércoles, 2 de junio de 2021
N.º 0102
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