Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2586)
BOP-2021-2586 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Municipales.
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3. Se prohíbe expresamente la incineración incontrolada y no autorizada de
cualquiertipo de residuos a cielo abierto.
TÍTULO V. INFRACCIONES Y SANCIONES
CAPÍTULO 1. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 87. Responsabilidades
1. Las acciones u omisiones que contravengan lo preceptuado en esta Ordenanza
generarán responsabilidad de naturaleza administrativa, sin perjuicio de la que pudiera
ser exigible en vía penal, civil o ambiental.
2. A efectos de lo establecido por esta Ordenanza, los residuos tendrán siempre un
titular responsable, cualidad que corresponderá al productor, poseedor y/o gestor de los
mismos.
3. Sólo quedarán exentos de responsabilidad administrativa quienes cedan los
residuos a gestores autorizados o registrados al efecto, según proceda, y siempre que la
entrega se realice cumpliendo los requisitos establecidos en la legislación aplicable.
4. La responsabilidad será solidaria en los siguientes supuestos:
a) Cuando el productor, poseedor, o gestor de los residuos los entregue a
persona física o jurídica distinta a la señalada por la normativa aplicable.
b) Cuando sean varios los responsables y no sea posible determinar el grado
de participación de cada uno en la realización de la infracción.
Los productores o poseedores de los residuos deberán actuar con la mayor diligencia
posible en la comprobación de la autorización del gestor, e informarse debidamente del
tratamiento y destino de los residuos.
5. Las responsabilidades derivadas del incumplimiento de las obligaciones
señaladas, serán exigibles, no sólo por los actos propios, sino también por los de
aquellas personas de quien se deba responder conforme a lo detallado en la
legislación vigente o en la presente Ordenanza.
CVE:
BOP-2021-2586
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de junio de 2021
N.º 0101
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