Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2586)
BOP-2021-2586 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Municipales.
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Artículo 71. Devolución de la fianza
1.- La devolución de la fianza constituida, se solicitará conforme al plazo previsto en
la normativa presupuestaria, contado desde la finalización de la obra o pérdida de
vigencia del medio de intervención correspondiente, por la persona o entidad productora,
aportando el certificado o justificante emitido por el gestor autorizado, acreditativo de las
tareas de valoración y eliminación de los residuos.
2.- Cuando la persona o entidad productora entregue el certificado emitido por el
gestor para la devolución de la fianza, se comparará con la evaluación inicial de la
constitución. Si los documentos no son congruentes, se pedirá una justificación o
complementación. Una vez presentada por el interesado, se devolverá la fianza en los
15días hábiles siguientes.
3.- El no cumplimiento de las determinaciones de esta Ordenanza en cuanto a la
correcta gestión de los R.C.D., será motivo de la ejecución de la fianza por actuación
subsidiaria del Ayuntamiento, independientemente de las sanciones que pueden
aplicarse de acuerdo a la Ley de Residuos y al propio régimen sancionador de esta
Ordenanza.
Artículo 72. Forma de gestión y responsabilidades
1.- Los productores o poseedores de residuos procedentes de la construcción y
demolición podrán desprenderse de ellos por los siguientes métodos:
a) Utilizando el servicio de recogida domiciliaria de residuos cuando el volumen
diariono sea superior a 25 litros, en el caso de residuos procedentes de obras menores.
b) En los Puntos Limpios, de acuerdo con las limitaciones en cuanto a su
volumenque se establezcan, en el caso de residuos procedentes de obras menores
ellímite será de 0,5 m3.
c) En el resto de los supuestos el productor habrá de asumir directamente su
gestión,bien con sus medios propios o a través de gestores debidamenteautorizados.
2.- Los productores o poseedores de residuos procedentes de la construcción y
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BOP-2021-2586
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Martes, 1 de junio de 2021
N.º 0101
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