Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2586)
BOP-2021-2586 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Municipales.
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Ayuntamiento de Cáceres quiere garantizar a sus ciudadanos un espacio público de
calidad. Con esta finalidad se ha redactado la presente Ordenanza como norma
municipal específica en el que se desarrollen los procedimientos administrativos de
control y las condiciones específicas de gestión de los residuos y limpieza viaria, que
persigue ser un medio útil para el cumplimiento, en su ámbito propio, de aquellos
deberes constitucionales de protección y mejora de la calidad de vida, y de defensa y
restauración del medio ambiente.
Tal objetivo se haría inalcanzable sin la colaboración activa de la sociedad
(“indispensable solidaridad colectiva”, dice la Constitución), que ha de asumir como
propia la cuota de responsabilidad que le incumbe en la protección del entorno. Por su
parte, al Ayuntamiento concierne cumplir con su obligación protectora del medio
ambiente a través de medidas de prevención, minimización, corrección de los efectos o,
en su caso, prohibición de las actuaciones públicas o privadas que puedan tener
efectos perjudiciales sobre el medio ambiente y la calidad de vida.
Así, la Ordenanza se configura como un instrumento que pretende articular la
corresponsabilidad pública y privada en la protección del entorno urbano y la calidad
medioambiental. Por ello, muchas de sus normas presuponen un espíritu cooperativo
por parte de los ciudadanos, como en las estrategias de recogida selectiva de residuos o
de limpieza del municipio. En contrapartida, han de buscarse mecanismos a través de
los cuales el Ayuntamiento facilite a sus vecinos el cumplimiento de aquello que les
encomienda, poniendo a su disposición tanto información como medios que simplifiquen
al máximo las obligaciones ciudadanas.
Finalmente, esta solidaridad colectiva que ha de inspirar todo el articulado de la
Ordenanza es a la vez fundamento y expresión de principios medioambientales ya
ampliamente reconocidos en el ámbito comunitario, y acogidos en nuestra normativa
interna, tales como el de “quien contamina paga”. Este principio ha tenido reflejo en
varios lugares de la presente Ordenanza, y se traduce en la obligación que compete al
responsable de daños medioambientales de devolver los recursos naturales afectados a
suestado original, sufragando en su totalidad los costes que ello suponga.
CVE:
BOP-2021-2586
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de junio de 2021
N.º 0101
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