Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2586)
BOP-2021-2586 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Municipales.
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Artículo 31. Autorizaciones
1.- Quienes deseen llevar a cabo actividades de gestión de residuos dentro del
término municipal de Cáceres, deberán estar inscritos en el correspondiente Registro de
producción y gestión de residuos, de la comunidad autónoma de Extremadura.
2.- Los servicios municipales de inspección podrán requerir de los gestores la
presentación de la documentación y los registros correspondientes o solicitar la
información complementaria que se considere necesaria, a fin de asegurar la buena
gestión de los residuos, así como llevar a cabo cuantas comprobaciones sean
necesarias a fin de asegurar una gestión de los residuos acorde con esta Ordenanza.
3.- Los gestores de residuos, en caso de ser requeridos, deberán colaborar con los
servicios municipales, poniendo a su disposición los registros documentales
relacionados con la gestión y destino de los residuos gestionados, así como con los
requerimientos de estos.
CAPÍTULO 2. ORGANIZACIÓN DE LA RECOGIDA
Sección 1ª: Disposiciones Generales
Artículo 32. Forma de prestación del servicio
1.- El Excmo. Ayuntamiento de Cáceres prestará los servicios de recogida de
acuerdo a los principios definidos en esta Ordenanza, a las necesidades de la ciudad,
yde acuerdo a criterios técnicos, económicos, normativos, organizativos, ambientales y
de eficiencia, pudiendo realizarse la prestación con arreglo a alguna de las siguientes
modalidades:
a) Recogida por medio de contenedores instalados en la vía pública de carga
trasera,lateral o mediante cualquier otro sistema.
b) Recogida mediante sistemas de recogida neumática.
c) Recogida mediante contenedores soterrados.
d) Recogida puerta a puerta.
e) Recogida en Puntos Limpios fijos o móviles.
CVE:
BOP-2021-2586
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 1 de junio de 2021
N.º 0101
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