Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2586)
BOP-2021-2586 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Municipales.
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El marco legislativo general en materia de producción y gestión de residuos es
actualmente el establecido por la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos
contaminados, que completa esta competencia genérica en su artículo 12.5 al establecer
que “Corresponde a las Entidades Locales: a) Como servicio obligatorio, la recogida, el
transporte y el tratamiento de los residuos domésticos generados en los hogares,
comercios y servicios en la forma que en que establezcan sus respectivas ordenanzas
en el marco jurídico de lo establecido en esta Ley, de las que en su caso dicten las
Comunidades Autónomas y de la normativa sectorial en materia de responsabilidad
ampliada del productor. La responsabilidad del servicio corresponde a los municipios
que podrán llevarla a cabo de forma independiente o asociada. b) El ejercicio de la
potestad de vigilancia e inspección, y la potestad sancionadora en el ámbito de sus
competencias”.
La problemática ambiental particular asociada a los residuos generados en las obras de
construcción y demolición, residuos voluminosos que aún en la actualidad son a
menudo objeto de recogida por gestores no autorizados y de vertidos incontrolados, ha
dado lugar a la aprobación de normas específicas para este flujo de residuos, tanto a
nivel estatal como autonómico. De esta manera, fueron aprobados respectivamente el
Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de
los residuos de construcción y demolición y el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el
que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión, y gestión de los
residuos de construcción y demolición en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
El Decreto 20/2011, atribuye a las Entidades Locales la gestión de residuos de
construcción y demolición procedentes de obras menores de construcción y reparación
domiciliaria, así como el control de la producción, posesión, gestión y destino de
los residuos generados en el desarrollo de obras y actuaciones de construcción y
demolición sometidos a intervención administrativa previa. Se atribuye específicamente
a los Ayuntamientos la competencia de establecer los instrumentos y las actuaciones
necesariaspara llevar a cabo dicho control, para lo que deberán adecuar sus respectivas
CVE:
BOP-2021-2586
Verificable
en:
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Martes, 1 de junio de 2021
N.º 0101
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