Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2586)
BOP-2021-2586 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de Limpieza Viaria y Gestión de Residuos Municipales.
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plazo que se les señale realicen las obras u operaciones necesarias con la licencia que
corresponda. En caso de incumplimiento, y cuando las circunstancias lo hagan,
aconsejable, se obtengan mejoras de interés general y de acuerdo a lo dispuesto en el
Artículo 4 de esta Ordenanza, el Ayuntamiento podrá efectuar de forma subsidiaria las
obras u operaciones de conservación y limpieza, imputando el coste a los propietarios,
sin perjuicio de las Sanciones a que hubiera lugar.
2. Los titulares de comercios y establecimientos, actuarán con la mayor diligencia
para mantener en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público las paredes y
fachadas de los mismos.
CAPÍTULO 7. TENENCIA DE ANIMALES EN LA VÍA PÚBLICA
Artículo 23. Responsables
1. La tenencia y circulación de animales en la vía pública, se adaptará a lo
establecido en la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Circulación de Animales.
2. Sus propietarios y portadores son directamente responsables de cualquier acción
que ocasione suciedad en la vía pública por los animales de su pertenencia.
3. En ausencia del propietario, la responsabilidad recaerá en la persona que
condujese al animal en el momento de producir éste las acciones descritas en el
apartado anterior.
4. Queda prohibida la limpieza de animales en la vía pública.
Artículo 24. Obligaciones de los propietarios o portadores
1.- Se procurará que los animales no depositen sus excrementos en lugares donde
se puedan producir molestias a los viandantes o se dificulte su recogida.
2.- Los propietarios o portadores de los animales deberán, de forma inmediata, retirar
y recoger los excrementos que éstos depositen sobre la vía pública, debiendo,
igualmente, proceder a la limpieza de la zona que hubiesen ensuciado. En el caso de
que el animal orine en la vía pública, mobiliario, fachadas, etc…, el propietario o portador
deberá llevar un envase con producto adecuado para poder regar la zona con el fin de
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BOP-2021-2586
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Martes, 1 de junio de 2021
N.º 0101
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