Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2021-2507)
BOP-2021-2507 Encomienda de gestión del agua a Consorcio "Masmedio" de Diputación de Cáceres.
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Y en base a lo anterior, firman el presente convenio, para lo que están facultados por acuerdos
adoptados por los Plenos respectivos, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS.
PRIMERA.- El objeto del presente Convenio lo constituye la encomienda de gestión por parte
del Ayuntamiento de Cedillo al Consorcio“MásMedio” del servicio correspondiente al ciclo
competo de abastecimiento de agua (suministro de agua en alta más distribución de agua
potable en baja).
Esta encomienda se realiza al amparo de lo establecido en los artículos 8 y 11 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante LRJSP) en
relación con los artículos 25.2.1 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local (en adelante, LRBRL), 15.1.b) y 15.6. de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de
Garantía de la Autonomía municipal de Extremadura y las establecidas en el artículo 118 y
siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, (en adelante TRLHL), cuyas competencias gestionará, con carácter supramunicipal, el
Consorcio “MásMedio”.
SEGUNDA.- El Consorcio “MásMedio” se compromete a una correcta y adecuada prestación
del servicio cuya gestión ha sido encomendada, introduciendo las mejoras materiales y
técnicas posibles que redunden en la calidad de éste, autorizándole el Ayuntamiento de
Cedillo, para adoptar las medidas que incrementen la rentabilidad y mejoren el funcionamiento
del servicio, pudiendo ejecutar cualquier actividad relacionada con la prestación del mismo.
TERCERA.- El Consorcio “MásMedio”, se compromete a:
a) Gestionar los servicios correspondientes al ciclo completo de abastecimiento de agua,
tanto el suministro de agua en alta o aducción o como la distribución de agua potable en
baja, de acuerdo con lo establecido los Reglamentos, Ordenanzas y demás
disposiciones aprobadas por el Consorcio “MásMedio”, aplicando los principios de la
Directiva 2000/60/CE Marco del Agua de “recuperación de costes” y “protección de los
recursos hídricos”.
b) Realizar actuaciones tendentes a procurar el equilibrio entre costes e ingresos
revertiendo los eventuales superávit que se produzcan en el servicio prestado, en
proporción a los abonados de servicio de cada una de las entidades locales adheridas
para su inversión en el servicio.
CVE:
BOP-2021-2507
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de mayo de 2021
N.º 0099
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