Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-2501)
BOP-2021-2501 Bases Convocatoria para proveer dos Plazas de Agente Policía Local mediante Sistema Movilidad.
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requerido al efecto.
Certificado expedido por la Secretaría del Ayuntamiento de procedencia en el que se
especifique que la persona aspirante ha permanecido en situación administrativa de
servicio activo en dicho Ayuntamiento como Agente u Oficial de la Policía Local,
indicando asimismo desde qué fecha.
Curriculum vitae referido únicamente a los méritos alegados, acompañado de fotocopia
compulsada de los documentos acreditativos de los mismos alegados en la fase de
concurso. A tales efectos, se deberá presentar debidamente encuadernado y numerado
con inclusión de un índice.
Certificados de empadronamiento en Cáceres de la persona/s que, en su caso, motiven
el mérito de “Agrupación/conciliación de la vida familiar y laboral”, según se determina
en el epígrafe correspondiente, así como documentación acreditativa de las
circunstancias referidas a este mérito. (Tales como certificados de discapacidad,
informes médicos…).
Derechos de Examen.
Los derechos de examen, que se fijan en la cantidad prevista en la Ordenanza Fiscal y
ascienden a 29 euros, serán satisfechos por los/las aspirantes con motivo de la presentación
de su instancia, a través de la siguiente cuenta bancaria de la cual es titular el Ayuntamiento de
Cáceres: Entidad: ABANCA Cuenta nº: ES39 2080 3580 9030 4002 0126, especificándose
Derechos de Examen; Nombre, Apellidos, DNI y la convocatoria y/o plaza por la que se opta.
Deberá acompañarse a la instancia de solicitud de participación en el proceso selectivo una
copia del documento justificativo del abono de los derechos de examen dentro del plazo para la
presentación de instancias. En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago
de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud
de participación.
Será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los derechos de examen en el
plazo previsto para la presentación de instancias, y éstos sólo serán devueltos en el caso de no
ser admitidos/as al concurso de méritos previa solicitud por el/la interesado/a y previa entrega
del correspondiente impreso de “Alta de Terceros”.
No será procedente la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión en
las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.
Listado de personas admitidas y excluidas:
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente, en el plazo
CVE:
BOP-2021-2501
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de mayo de 2021
N.º 0099
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