Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia. (BOP-2021-2392)
BOP-2021-2392 Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora
del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo provisional del Pleno de este Ayuntamiento
sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles,
consistente en añadir un nuevo artículo, 3.bis, cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
“Artículo 3 (bis). BONIFICACIONES.
En virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 74.5 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se establecen las siguientes bonificaciones sobre la cuota íntegra del impuesto (IBI),
durante un periodo de cinco años, a los inmuebles destinados a vivienda, ubicados en suelo
urbano, en los que se haya instalado un sistema de aprovechamiento eléctrico de la energía
solar para autoconsumo con potencia instalada entre 1,5 y 10 KW:
Bonificación del 50 % a los inmuebles con valor catastral de hasta 100.000,00 euros.
Bonificación del 25 % a los inmuebles con valor catastral superior a 100.000,00 euros e
inferior a 200.000,00 euros.
La bonificación se concederá previa solicitud de los/as interesados/as que deberán formularla
dentro del plazo de un año a contar desde la finalización de la instalación de los citados
sistemas.”
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer por los/as interesados/as recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en
CVE:
BOP-2021-2392
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 24 de mayo de 2021
N.º 0096
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