Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza la Mayor. (BOP-2021-2384)
BOP-2021-2384 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento de Vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida.
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centros de actividad de los núcleos urbanos deberán disponer de un mínimo de una
plaza de aparcamiento reservada y diseñada para su uso por personas titulares de la
tarjeta de estacionamiento por cada cuarenta plazas o fracción, independientemente de
las plazas destinadas a residencia o lugares de trabajo.
No se considera necesario designar zonas del núcleo urbano que tengan la condición de
centro de actividad al no existir concentración de aparcamientos en ninguna parte del
municipio.
b) En cumplimiento con el Decreto 135/2018, de 1 de agosto, por el que se aprueba el
Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la edificación, espacios
públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, además de las reservas y condiciones establecidas en la
normativa nacional vigente en materia de accesibilidad, deberá reservarse para su uso
por titulares de la tarjeta de estacionamiento:
b.1) Al menos el dos por ciento (2%) de las plazas de aparcamiento situadas en
las vías públicas y espacios públicos vinculados a la vía pública.
b.2) Una por cada veinte o fracción en las inmediaciones de los centros
sanitarios, asistenciales y/o de atención a la discapacidad, independientemente
de las plazas destinadas a residencia o lugares de trabajo.
2. Con objeto de dar cumplimiento a la dotación legal de las plazas reservadas por parte del
Ayuntamiento de Zarza la Mayor, se elaborará un plan de ubicación de dichas plazas.
3. Independientemente de las plazas reservadas citadas en los puntos anteriores, el
Ayuntamiento de Zarza la Mayor adoptará las medidas adecuadas para facilitar el
aparcamiento de vehículos a personas titulares de la tarjeta de estacionamiento cerca de su
centro de trabajo o domicilio, a través de la reserva de plazas.
Estas plazas de aparcamiento reservadas no estarán sujetas a tasa alguna.
4. El Ayuntamiento de Zarza la Mayor facilitará el incremento de la reserva de plazas de
aparcamiento para personas con movilidad reducida por encima de la dotación obligatoria que
marca la normativa de accesibilidad, a entidades de iniciativa social o centros especializados
públicos o privados que atiendan habitualmente a personas con discapacidad y movilidad
reducida, lo más cerca posible de sus instalaciones, cuando las entidades o centros citados no
dispongan de aparcamiento propio y demuestren que la dotación obligatoria no cubre las
necesidades de aparcamiento del centro.
CVE:
BOP-2021-2384
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de mayo de 2021
N.º 0095
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