Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza la Mayor. (BOP-2021-2384)
BOP-2021-2384 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento de Vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida.
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petición, estando obligado el Ayuntamiento a dictar resolución expresa sobre esta
solicitud.
e) Una vez comprobado el ayuntamiento que el/la solicitante reúne los requisitos
establecidos en el artículo 4, comunicará los datos necesarios a la consejería con
competencia en materia de transporte para su cotejo e inclusión en el registro de
tarjetas, con solicitud simultánea de emisión de la correspondiente tarjeta de
estacionamiento.
f) Si se detectase por parte de la consejería con competencias en materia de transporte
impedimento para la concesión de la tarjeta de estacionamiento, y una vez que se haya
remitido comunicación de dicho impedimento al Ayuntamiento de Zarza la Mayor, este
realizará las comprobaciones oportunas para subsanar las posibles deficiencias o, en su
caso denegar razonadamente la solicitud de la tarjeta.
g) Una vez recibida en el Ayuntamiento de Zarza la Mayor la tarjeta de estacionamiento
con su correspondiente número de registro, el ayuntamiento cumplimentará y expedirá la
tarjeta en plazo no superior a diez días hábiles a contar desde su recepción, debiendo
figurar en la tarjeta de estacionamiento esta fecha de expedición, debiendo ser
comunicada por el Ayuntamiento de Zarza la Mayor al registro para su constancia y
anotación.
h) Una vez concedida la tarjeta de estacionamiento el Ayuntamiento de Zarza la Mayor
expedirá y presentará la tarjeta de estacionamiento a su titular o su representante legal
para su firma y, una vez firmada, será plastificada de forma gratuita por el Ayuntamiento
y entregada a la persona interesada, junto con sus condiciones de uso, las cuales
figurarán resumidas en documento independiente conforme al anexo VI.
Artículo 10. Vigencia de la tarjeta de estacionamiento.
1. Las tarjetas de estacionamiento se concederán por periodos de cinco años.
2. En los supuestos de tarjetas de estacionamiento concedidas a personas con movilidad o
agudeza visual reducida de carácter transitorio, el plazo de vigencia estará supeditado a lo
establecido en el dictamen emitido por CADEX o el correspondiente órgano de la Consejería
con competencias en materia de acción social, no pudiendo superar, en ningún caso, el plazo
de vigencia de 5 años.
3. La tarjeta de estacionamiento con carácter provisional tendrá una validez máxima de un año,
prorrogable por un periodo igual, siempre que se mantengan las condiciones iniciales
CVE:
BOP-2021-2384
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de mayo de 2021
N.º 0095
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