Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza la Mayor. (BOP-2021-2383)
BOP-2021-2383 Aprobación Definitiva de la Ordenanza General de Subvenciones.
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ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ZARZA LA
MAYOR.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
El artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, determina que
las Bases Reguladoras en la concesión de subvenciones en las Corporaciones Locales se
instrumentarán en el marco de las Bases de ejecución del Presupuesto, a través de una
Ordenanza General o mediante una ordenanza específica para las distintas modalidades de
subvenciones.
Esta Ordenanza General se centra en la ayuda pública que se otorga bajo la forma de entrega
dineraria o pecuniaria que es la figura que más necesita de un atención reguladora,
estableciendo las reglas oportunas, con el fin de conseguir una mayor eficacia y eficiencia,
potenciando simultáneamente el control y transparencia que el carácter de públicas confiere a
este tipo de ayudas económicas.
Por otra parte, es conveniente establecer criterios homogéneos en su tramitación y justificación
y al mismo tiempo, facilitar la tarea de comprobación que debe hacer la Intervención para el
cumplimiento de la finalidad de la subvención.
TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
1. OBJETO.
Esta Ordenanza tiene por objeto regular y fijar los criterios y el procedimiento de concesión de
las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Zarza la Mayor al amparo de lo que
establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. CONCEPTO DE SUBVENCIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Se entiende por subvención cualquier disposición dineraria efectuada por el Ayuntamiento de
Zarza la Mayor a favor de personas públicas o privadas y que cumpla los requisitos siguientes:
a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los/as beneficiarios/as.
b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución
de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento
singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo
el/la beneficiario/a cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran
establecido.
CVE:
BOP-2021-2383
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de mayo de 2021
N.º 0095
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