Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza la Mayor. (BOP-2021-2383)
BOP-2021-2383 Aprobación Definitiva de la Ordenanza General de Subvenciones.
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el exceso Así mismo, estará obligado/a a reintegrar, el/la beneficiario/a que ha percibido la
subvención falseando las condiciones exigidas u ocultando aquellas que hubieran impedido su
concesión; por incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad o del proyecto; por el
incumplimiento de la obligación de justificar en los plazos establecidos; por resistencia u
obstrucción a las actuaciones de comprobación y control.
En general el reintegro de los pagos indebidos de subvenciones se regirá por lo que disponen
los artículos 36 a 43 de la Ley General de Subvenciones.
TITULO IV. INFRACCIONES, SANCIONES ADMINISTRATIVAS.
24. INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS.
Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones y omisiones
tipificadas en los artículos 59 y ss. de la Ley General de Subvenciones y su sanción se
graduará de acuerdo con esta Ley.
TITULO V. BASES ESPECIFICAS.
25. BASES ESPECIFICAS.
Para todas las subvenciones que se tengan que conceder mediante concurrencia competitiva
se tendrán que aprobar las correspondientes bases específicas, que se aprobarán conjunta o
previamente a la convocatoria y que no podrán contradecir la presente Ordenanza General.
La competencia para la aprobación de las bases específicas corresponde a la Alcaldía y serán
objeto de publicación.
El contenido de las bases específicas será, como mínimo, el siguiente:
a) Objeto de la subvención, definiendo el período en que se ejecutará la actividad por la
cual se solicita la subvención.
b) Requisitos que tienen que reunir los/as beneficiarios/as y forma de acreditarlos.
c) Importe máximo de las subvenciones y porcentaje de éstas respecto al coste de la
actividad subvencionada.
d) Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención y en su caso ponderación de los
mismos.
e) Composición del órgano competente para la ordenación, instrucción y resolución del
CVE:
BOP-2021-2383
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de mayo de 2021
N.º 0095
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