Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mata de Alcántara. (BOP-2021-2374)
BOP-2021-2374 Bases selección, por concurso oposición, puestos de trabajo en la Residencia de Mayores y Centro de Día.
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b) Cuando sea necesario la sustitución transitoria del titular del servicio con ocasión de bajas
médicas, vacaciones, licencias o circunstancias análogas.
c) La ejecución de programas o proyectos de carácter temporal.
d) Exceso o acumulación de tareas
Funcionamiento de la bolsa de empleo: El llamamiento para la plaza a cubrir se efectuará por
riguroso orden de puntuación.
El llamamiento para la contratación se realizará por correo electrónico indicado en la instancia y
mediante tres llamadas de teléfono. Si transcurridas 24 horas desde el envío del correo
electrónico no ha contestado, se pasará a llamar al siguiente candidato, entendida renuncia;
destacando que el primero de la lista de reserva que trabaje, cuando su contrato finalice,
pasará a integrar el último puesto de la misma, y así sucesivamente para que la lista sea
rotatoria.
Los cambios o variaciones en los datos referidos al teléfono o dirección de correo electrónico
deberán ser comunicados fehacientemente por las personas interesadas, siendo
responsabilidad exclusiva del solicitante tanto los errores como la falta de comunicación de
cualquier cambio.
Los supuestos de renuncia o falta de comparecencia o formalización del contrato no
determinarán la baja de la bolsa, pero los interesados pasarán a integrarse en el último puesto
de la misma.
En el caso de que se acredite la imposibilidad de incorporarse en ese momento por causa
justificada, conservará su puesto en la bolsa.
Se consideran renuncia justificada a la contratación, que determinará el no decaimiento del
orden de la bolsa, las siguientes causas, siempre que estén debidamente cumplimentadas:
a) La incapacidad temporal derivada de enfermedad común accidente no laboral, accidente de
trabajo y de enfermedad profesional, durante el tiempo que dure la misma.
b) Embarazo, si la renuncia de la aspirante se produce entre el quinto mes de embarazo y la
decimosexta semana posterior al parto o decimoctava si el parto el múltiple. Para el caso de
fallecimiento de la madre, el padre podrá renunciar con los mismos derechos.
c) Adopción, si la renuncia del padre o de la madre se produce hasta la decimosexta semana
con posterioridad a la fecha de formalización de la adopción.
CVE:
BOP-2021-2374
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de mayo de 2021
N.º 0095
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