Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcollarín. (BOP-2021-2364)
BOP-2021-2364 Aprobación definitiva Ordenanza Tarjeta Aparcamientos.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de ALCOLLARÍN cuando finalice el término de su vigencia, o cuando sea
revocada su concesión por haber dejado aquél/aquella de cumplir los requisitos exigidos
para su otorgamiento, así como en los casos de fallecimiento del/a beneficiario/a,
caducidad de la tarjeta o concurrencia de cualquier otra causa que motive su invalidez.
2. El incumplimiento de estas obligaciones y la utilización fraudulenta de la tarjeta de
estacionamiento podrá dar lugar a la cancelación de la tarjeta de estacionamiento o a su
retirada temporal, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que
pudieran derivarse y de las sanciones previstas en esta ordenanza.
CAPÍTULO III. COMPETENCIAS, PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN, VIGENCIA,
RENOVACIÓN Y EXPEDICIÓN DE DUPLICADOS DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO.
ARTÍCULO 8. COMPETENCIAS.
1. El/la Alcalde/sa-Presidente/a será el órgano competente para la concesión de la tarjeta de
estacionamiento, de las reservas de plazas de aparcamiento y para el ejercicio de la potestad
sancionadora en este ámbito.
2. Corresponderá a la Policía Local desarrollar las tareas de control y vigilancia de utilización
de las tarjetas, y de las plazas reservadas habilitadas al efecto.
ARTÍCULO 9. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LA TARJETA DE
ESTACIONAMIENTO.
1. El expediente se iniciará a solicitud del/a interesado/a mediante el impreso normalizado
(ANEXO I,II o III), que se presentará, una vez cumplimentado, en el Registro General del
Ayuntamiento de ALCOLLARÍN o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
acompañada de:
a) En caso de persona con discapacidad, además de dicha solicitud se aportará:
a.1) Dos fotografías a color de tamaño carné, originales y actuales.
a.2) Certificado de empadronamiento.
a.3) Fotocopia del DNI de la persona interesada, en caso de ser menor de edad y
no disponer de DNI, se aportará fotocopia del libro de familia o autorización a sus
efectos.
CVE:
BOP-2021-2364
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de mayo de 2021
N.º 0095
Pág. 10401