Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2021-2348)
BOP-2021-2348 Bases reguladoras y convocatoria del proceso de selección de una plaza de Agente de la Policía Local.
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QUINTA. ACTUACIÓN DE LOS/AS ASPIRANTES.
El orden de actuación de las personas aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar
conjuntamente, se iniciará por orden alfabético de apellidos según sorteo que se efectuará por
esta Corporación y se publicará en el B.O.P. de Cáceres, sin perjuicio de las peculiaridades de
la celebración de las pruebas físicas que puedan hacer necesaria la participación simultanea
de varios/as aspirantes en función de los grupos de edad.
Los/as opositores/as, deberán acudir a los llamamientos, bien sean únicos o múltiples,
provistos del Documento Nacional de Identidad, pudiendo el Tribunal requerirles en cualquier
momento para que acrediten su identidad.
La no presentación de un/a aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser
llamado determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo y
en los sucesivos, quedando excluido/a, en consecuencia, del procedimiento selectivo. No
obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido la presentación
de los/as aspirantes en el momento previsto, cuando esté debidamente justificado y así lo
aprecie el Tribunal, se podrá examinar a las personas afectadas por estas circunstancias,
siempre que no haya finalizado la prueba correspondiente o, de haber finalizado, que no se
entorpezca el desarrollo de la convocatoria o se cause perjuicio para el interés general o de
terceros.
Una vez comenzado el procedimiento de selección, no será obligatoria la publicación de los
sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en los Boletines Oficiales.
En dicho supuesto, estos anuncios se harán públicos por el órgano de selección únicamente en
los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y, en todo caso, en el Tablón de
Anuncios de la Corporación, así como en la sede electrónica del ayuntamiento de Montánchez
https://montanchez.sedelectronica.es
con veinticuatro horas al menos, de antelación al comienzo de las mismas, si se trata del
mismo ejercicio, o de cuarenta y ocho si se trata de uno nuevo.
La duración del proceso de celebración de las pruebas selectivas no será superior a doce
meses, no pudiendo superarse el plazo de un año desde la publicación de las bases hasta el
inicio del procedimiento. El Tribunal fijará el calendario de realización de las pruebas,
debiéndose de tener en cuenta que entre la finalización de una prueba y el comienzo de la
siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 48 horas y máximo de 15 días.
CVE:
BOP-2021-2348
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 20 de mayo de 2021
N.º 0094
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