Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2021-2348)
BOP-2021-2348 Bases reguladoras y convocatoria del proceso de selección de una plaza de Agente de la Policía Local.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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funcionales de importancia pronóstica, o que limiten o impidan la realización plena de las
funciones propias del servicio o bien puedan verse agravadas por los requerimientos
operativos propios de la actividad profesional. Su exclusión o no estarán supeditados a
la consideración del equipo médico que realice el reconocimiento médico para
considerar si influyen o no sobre la capacitación física del aspirante para la plaza
2-1-2.- Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de
las funciones propias del cargo. Índice de masa corporal (IMC) no inferior a 18,5 ni
superior a 29,9 considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la
persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros. En los/as
aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se
realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro
no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros
en las mujeres.
2-1-3.- Toda enfermedad metabólica de las glándulas endocrinas que limite, incapacite o
presente un pronóstico perjudicial para el ejercicio de las funciones propias del servicio,
pero, su exclusión o no estarán supeditados a la consideración del equipo médico que
realice el reconocimiento médico para considerar si influyen o no sobre la capacitación
física del aspirante para la plaza
2-2.- Enfermedades o alteraciones de los tejidos:
2-2-1.- Psoriasis siempre que a juicio de los/as facultativos/as médicos/as actuantes,
limite o dificulte el desempeño de la función policial.
2-2-2.- Eczemas siempre que a juicio de los/as facultativos/as médicos/as actuantes,
limite o dificulte el desempeño de la función policial.
2-2-3.- Quemaduras y cicatrices que por su extensión o adherencia a los órganos
profundos o al esqueleto comprometan el funcionamiento de tales órganos o los
movimientos de los miembros.
2-3.- Enfermedades del aparato digestivo:
2-3-1.- Hepatopatía aguda o crónica en cualquier estado evolutivo.
2-3-2.- Herniaciones abdominales no corregidas.
2-3-3.- Cualquier otro proceso digestivo que, a juicio de los/as facultativos/as médicos/as
CVE:
BOP-2021-2348
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 20 de mayo de 2021
N.º 0094
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funciones propias del servicio o bien puedan verse agravadas por los requerimientos
operativos propios de la actividad profesional. Su exclusión o no estarán supeditados a
la consideración del equipo médico que realice el reconocimiento médico para
considerar si influyen o no sobre la capacitación física del aspirante para la plaza
2-1-2.- Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de
las funciones propias del cargo. Índice de masa corporal (IMC) no inferior a 18,5 ni
superior a 29,9 considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la
persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros. En los/as
aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se
realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro
no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros
en las mujeres.
2-1-3.- Toda enfermedad metabólica de las glándulas endocrinas que limite, incapacite o
presente un pronóstico perjudicial para el ejercicio de las funciones propias del servicio,
pero, su exclusión o no estarán supeditados a la consideración del equipo médico que
realice el reconocimiento médico para considerar si influyen o no sobre la capacitación
física del aspirante para la plaza
2-2.- Enfermedades o alteraciones de los tejidos:
2-2-1.- Psoriasis siempre que a juicio de los/as facultativos/as médicos/as actuantes,
limite o dificulte el desempeño de la función policial.
2-2-2.- Eczemas siempre que a juicio de los/as facultativos/as médicos/as actuantes,
limite o dificulte el desempeño de la función policial.
2-2-3.- Quemaduras y cicatrices que por su extensión o adherencia a los órganos
profundos o al esqueleto comprometan el funcionamiento de tales órganos o los
movimientos de los miembros.
2-3.- Enfermedades del aparato digestivo:
2-3-1.- Hepatopatía aguda o crónica en cualquier estado evolutivo.
2-3-2.- Herniaciones abdominales no corregidas.
2-3-3.- Cualquier otro proceso digestivo que, a juicio de los/as facultativos/as médicos/as
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