Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Miravete. (BOP-2021-2342)
BOP-2021-2342 Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad.
29 páginas totales
Página
ARTÍCULO 19. GRADUACIÓN DE LAS SANCIONES.
1. En la denuncia deberán reflejarse los hechos con la suficiente claridad y concreción para
apreciar las circunstancias concurrentes que permitan graduar la sanción.
2. La cuantía económica de las sanciones se atendrá a la debida gravedad y trascendencia del
hecho, a los antecedentes del/a infractor/a en esta materia y a su condición de reincidente, al
perjuicio causado, directa o indirectamente a terceros o al interés público y al criterio de
proporcionalidad.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
En todo lo no recogido en la presente ordenanza se estará a lo dispuesto en el Real Decreto
1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso
de la tarjeta de estacionamiento y en el Decreto 135/2018, de 1 de agosto, por el que se
aprueba el Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la edificación,
espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte en la Comunidad
Autónoma de Extremadura o normas que los/as sustituyan.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.
Queda derogada la anterior Ordenanza Municipal Reguladora Expedición Tarjetas
Aparcamiento para Personas con Movilidad Reducida, así como cuantas disposiciones
contradigan o sean opuestas a la regulación de la presente Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.
La presente Ordenanza será objeto de publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia,
entrando en vigor una vez haya transcurrido el plazo establecido en el artículo 70.2 de la Ley
7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con
sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
CVE:
BOP-2021-2342
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 20 de mayo de 2021
N.º 0094
Pág. 10267