Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2021-2326)
BOP-2021-2326 Aprobación definitiva de la imposición y la Ordenanza Fiscal reguladora n.º 43 de la tasa por Derechos de Exámenes.
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III.- SUJETO PASIVO.
Artículo 3º.- Son sujetos pasivos, en concepto de contribuyentes, las personas físicas que
concurran como aspirantes a concursos, oposiciones y concursos-oposiciones, sean de
carácter libre o restringido, que convoque el Ayuntamiento de Montánchez.
IV.- CUOTA TRIBUTARIA.
Artículo 4º.-
Las tarifas a satisfacer por los servicios regulado en esta Ordenanza de cada uno/a de los/las
opositores/as o concursantes se determinan en función del grupo a que corresponde la plaza a
cubrir, según los siguientes epígrafes y escalas:
No obstante, estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) El 100 por 100, en aquellos casos en los que el sujeto pasivo sea una persona que
figura como demandante de empleo, con una antigüedad mínima de un (1) mes anterior
a la fecha de convocatoria de pruebas selectivas de acceso a los Cuerpos y Escalas de
funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas por el Ayuntamiento de
Montánchez en las que soliciten su participación.
Subgrupo Tarifa (€)
Subgrupo A1 62,37
Subgrupo A2 60,59
Subgrupo B 41,94
Subgrupo C1 39,94
Subgrupo C1 Agentes Policía Local 54,36
Subgrupo C2 21,02
Subgrupo E. Agrupaciones Profesionales a que hace referencia la
disposición adicional séptima, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del
Estatuto Básico del Empleado Público .
18,35
CVE:
BOP-2021-2326
Verificable
en:
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Miércoles, 19 de mayo de 2021
N.º 0093
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