Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Villuercas Ibores Jara. (BOP-2021-2314)
BOP-2021-2314 Bases reguladoras que han de regir la convocatoria para la provisión de un puesto de Asesor/a Jurídico/a para la Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible, en régimen de personal laboral.
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Quedará constituida una lista de espera con los/las aspirantes que, habiendo superado al
menos la primera prueba, no hubieran superado el proceso selectivo. El orden de relación de la
lista de espera se establece por la mayor puntuación total obtenida en el proceso selectivo.
2. NORMATIVA APLICABLE.
A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril; la Ley
30/1984, de 2 de agosto; R.D.L. 781/1986, de 17 de abril; R.D. 896/1991, de 7 de junio;
Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, y Decreto 43/1996, de 26 de marzo, de la Comunidad
Autónoma de Extremadura; supletoriamente el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del/la Empleado/a Público/a y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES.
Para ser admitido/a a la realización de las pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
a. Ser español/a o, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, tener nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea, o la de
cualquiera de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por
la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
en los términos que ésta se halla definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea.
Igualmente, podrán participar en el proceso selectivo, cualquiera que sea su nacionalidad,
cónyuges de españoles y nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea (siempre
que no estén separados de derecho), sus descendientes y de sus cónyuges (siempre que no
estén separados de derecho) y sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad
dependientes.
b. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación
forzosa.
c. Estar en posesión de la siguiente titulación:
Licenciatura o grado en Derecho
CVE:
BOP-2021-2314
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de mayo de 2021
N.º 0092
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