Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Garrovillas de Alconétar. (BOP-2021-2209)
BOP-2021-2209 Bases Convocatoria provisión en propiedad de una Plaza Vacante de la Policia Local, mediante oposición libre.
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incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este
supuesto, la Alcaldía formulará nombramiento a favor del que siguiera en puntuación al
propuesto, siempre que el mismo haya superado todos los ejercicios eliminatorios.
9.5- Quienes tuvieran la condición de funcionario público estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su nombramiento,
debiendo en este caso presentar certificación del Ministerio, Corporación u Organismo Público
de que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de
servicio.
9.6- Los funcionarios nombrados en prácticas, percibirán con cargo al Ayuntamiento de
Garrovillas de Alconétar, las retribuciones que le correspondan y tendrán los derechos y
obligaciones inherentes a tal situación. El nombramiento se otorgará al inicio del curso selectivo
para el ingreso en el Cuerpo de la Policía Local y durará hasta la toma de posesión como
funcionario de carrera.
DÉCIMA.- CURSO SELECTIVO.
De conformidad con la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de
Extremadura y de los artículos 33 y 35 del Decreto 218/2009, de 9 de octubre, de las Normas-
Marco de los Policías Locales de Extremadura, para el aspirante que haya superado la fase de
oposición será requisito indispensable superar un Curso Selectivo de Formación en la
Academia de Seguridad Pública de Extremadura cuya duración será de cinco meses, cuatro en
la academia y uno de prácticas en el municipio.
Los contenidos del curso selectivo, así como su desarrollo, serán determinados por la
Consejería competente en materia de coordinación de Policías Locales, a propuesta de la
Dirección de la Academia de Seguridad Pública y previo informe de la Comisión de
Coordinación de la Policía Local de Extremadura.
Para el nombramiento definitivo como funcionarios/as de carrera será condición indispensable
que los aspirantes realicen y superen este curso, quedando anulado el nombramiento en caso
contrario, en cuyo supuesto se procederá formulando nombramiento como funcionario en
prácticas a favor del que, habiendo aprobado todos los ejercicios de la oposición, siguiera en
puntuación al inicialmente propuesto. No obstante, y atendiendo a causas extraordinarias, los
aspirantes declarados no aptos, podrán participar en un curso posterior, oída la Junta de
Profesores y siempre que conste el informe favorable del Director del Centro y la autorización
de la Secretaria General de Política Territorial y Administración Local.
La calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la media aritmética de la
CVE:
BOP-2021-2209
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de mayo de 2021
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