Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talayuela. (BOP-2021-2188)
BOP-2021-2188 Bases convocatoria para proveer 2 plazas de Agente de la Policía local.
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y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, contendrá la relación alfabética de los/as aspirantes
admitidos/as y excluidos/as, así como las causas de exclusión de estos.
4.2.- Los aspirantes excluidos, así como los omitidos en la relación, dispondrán de un plazo de
diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional de
admitidos y excluidos en el B.O.P. de Cáceres, para subsanar los defectos que hayan motivado
su exclusión o su omisión. La publicación se insertará además en la web municipal y tablón de
anuncios. Los aspirantes, que, dentro del plazo señalado, no subsanaren la exclusión o
aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos/as del proceso selectivo. Todo ello, según artículo 68 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
4.3- Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en la forma descrita
anteriormente, la Resolución elevando a definitiva la lista provisional de admitidos y excluidos,
con inclusión como admitidos de aquellos que fueron excluidos y que hayan subsanado errores
u omisiones.
4.4.- En la resolución aprobatoria de las listas definitivas se determinará el lugar, día y hora del
comienzo de los ejercicios, así como la composición del Tribunal Calificador.
4.5- Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de
los interesados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
4.6- Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo conforme a la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa.
QUINTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
5.1- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 50 de las normas-marco, el Tribunal estará
formado por cinco miembros con sus respectivos suplentes.
PRESIDENCIA: Un funcionario designado por el Alcalde.
VOCALES: Un funcionario nombrado por la Consejería competente en materia de coordinación
de Policías Locales; El Jefe de la Policía Local o en su caso mando intermedio que lo sustituya
CVE:
BOP-2021-2188
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de mayo de 2021
N.º 0087
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