Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navaconcejo. (BOP-2021-2186)
BOP-2021-2186 Aprobación definitiva modificación Reglamento regulador del uso y funcionamiento de la Escuela Infantil de Navaconcejo.
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- Establecer un servicio de educación infantil de primer ciclo, comprendiendo desde los cuatro
meses hasta los tres años de edad.
- Dicho servicio estará orientado a la consecución de los fines establecidos en el artículo 14.3
de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación: se atenderá progresivamente al
desarrollo afectivo, al movimiento y los hábitos de control corporal, a las manifestaciones de la
comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así
como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio en el que viven.
Además, se facilitará que niñas y niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y
equilibrada y adquieran autonomía personal.
Para efectuar dicho servicio se cuenta con la correspondiente autorización de la Junta de
Extremadura, según Resolución de 9 de enero de 2014, de la Consejera, de inscripción en el
Registro de centros docentes no universitarios de Extremadura y autorización para impartir
enseñanzas de primer ciclo de Educación Infantil. (DOE nº 11, de 17 de enero de 2014).
Importante cabe reseñar que el servicio de educación infantil no es de competencia municipal,
más allá de la «conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local»
destinados a prestar dicho servicio.
La competencia en dicha materia la ostenta otra Administración territorial (Estado o Comunidad
Autónoma) ya que el art.27.3. e LRBRL), dispone que la Administración del Estado y las de las
Comunidades Autónomas podrán delegar en los municipios, entre otras competencias, «la
creación, mantenimiento y gestión de las escuelas infantiles de educación de titularidad pública
de primer ciclo de educación infantil».
Artículo 2.- Ámbito de aplicación. Instalaciones.
El ámbito de aplicación será la Centro de Educación Infantil, que es un Centro público de
enseñanza y abierto a todos/as los/as niños/as de 0 a 3 años, así como aquellos locales y
edificios que se utilicen por la propia actividad del Centro.
Las citadas instalaciones se ubican en el Paraje Vega del Molino s/n de Navaconcejo, y son de
propiedad municipal. El número de unidades es de tres para niños/as con edades
comprendidas entre 1-3 años, en base a lo establecido en el artículo 9 del Decreto 91/2008, de
9 de mayo, por el que se establecen los requisitos de los centros que impartan el primer ciclo
de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Podrá crearse clases mixtas de 1 a 3 años de acuerdo con lo establecido en el Decreto
91/2008, de 9 de mayo, por el que se establecen los requisitos de los centros que impartan el
CVE:
BOP-2021-2186
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de mayo de 2021
N.º 0087
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