Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2021-2183)
BOP-2021-2183 Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos n. º 3/2021 de Concesión de Crédito Extraordinario financiado con bajas de crédito de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas.
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presupuestaria 433/62200 Obra Plan Activa bianual 2021-2022 “ Acondicionamiento de
Terrenos y Ejecución Naves polígono Industrial” y en el estado de ingresos, en la aplicación
presupuestaria 76102 la Subvención de la Diputación Provincial al mismo, por importe de
140.597,40 €.
Aprobadas las Instrucciones de Referido Plan de Obras (BOP 0021, de 02/02/2021) y
examinada la documentación que consta en el expediente, de las mismas se desprende que la
ejecución de referida actuación la va a ejecutar la Diputación Provincial de Cáceres, por ello,
procede, trasferir los créditos de la aportación municipal, de la aplicación presupuestaria
433/62200 Obra Plan Activa bianual 2021-2022 “ Acondicionamiento de Terrenos y Ejecución
Naves polígono Industrial” por el importe de la aportación municipal, 24.811,31 € a la aplicación
presupuestaria 433/76101 Aportación a Diputación “ Acondicionamiento de Terrenos y
Ejecución Naves polígono Industrial”, por tanto, fijado el importe de la aportación municipal,
procede la baja del resto de créditos.
Además, queda acreditado el cumplimiento del requisito que establece el artículo 50 del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley
39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de
presupuestos, que especifica que pueda darse de baja por anulación cualquier crédito del
presupuesto de gastos hasta la cuantía correspondiente al saldo de crédito siempre que dicha
dotación se estime reducible o anulable sin perturbación del respectivo servicio».
Contra los presentes Acuerdos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, los/las interesados/as podrán interponer directamente recurso
contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o
Acuerdo impugnado.
Montánchez, 7 de mayo de 2021
Isabel Sánchez Torremocha
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2021-2183
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de mayo de 2021
N.º 0087
Pág. 9575
Terrenos y Ejecución Naves polígono Industrial” y en el estado de ingresos, en la aplicación
presupuestaria 76102 la Subvención de la Diputación Provincial al mismo, por importe de
140.597,40 €.
Aprobadas las Instrucciones de Referido Plan de Obras (BOP 0021, de 02/02/2021) y
examinada la documentación que consta en el expediente, de las mismas se desprende que la
ejecución de referida actuación la va a ejecutar la Diputación Provincial de Cáceres, por ello,
procede, trasferir los créditos de la aportación municipal, de la aplicación presupuestaria
433/62200 Obra Plan Activa bianual 2021-2022 “ Acondicionamiento de Terrenos y Ejecución
Naves polígono Industrial” por el importe de la aportación municipal, 24.811,31 € a la aplicación
presupuestaria 433/76101 Aportación a Diputación “ Acondicionamiento de Terrenos y
Ejecución Naves polígono Industrial”, por tanto, fijado el importe de la aportación municipal,
procede la baja del resto de créditos.
Además, queda acreditado el cumplimiento del requisito que establece el artículo 50 del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley
39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de
presupuestos, que especifica que pueda darse de baja por anulación cualquier crédito del
presupuesto de gastos hasta la cuantía correspondiente al saldo de crédito siempre que dicha
dotación se estime reducible o anulable sin perturbación del respectivo servicio».
Contra los presentes Acuerdos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, los/las interesados/as podrán interponer directamente recurso
contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o
Acuerdo impugnado.
Montánchez, 7 de mayo de 2021
Isabel Sánchez Torremocha
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2021-2183
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de mayo de 2021
N.º 0087
Pág. 9575