Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. (BOP-2021-2090)
BOP-2021-2090 AT-9260. Proyecto para nueva LAMT de enlace entre la L-4862-06 "Sta. María Lomas" de la STR "Puente Cuaterno" (de 13,2 kV) y la L-4864-02 "Pozo del Rey" de la STR "Robledo" (de 20 kV), e instalación de autotransformador 20/13,2 kV, en el T.M. de Talayuela.
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5. Instalaciones incluidas en el proyecto:
Nueva línea aérea de media tensión proyectada:
- Inicio: Apoyo 526 de la LAMT 4862-06-"Sta. María Lomas" de la STR "Puente Cuaterno" (de
13,2 kV).
- Final: Apoyo 1026 de la LAMT 4864-02-"Pozo del Rey" de la STR "Robledo" (de 20 kV).
- Longitud: 2,345 Km.
- Tipo de línea: Aérea en simple circuito, con conductor 100-AL1/17-ST1A.
- Tensión de servicio: 13,2/20 kV.
- Emplazamiento: Parcelas de titularidad pública y privada, en el término municipal de
Talayuela (Cáceres).
Nuevo autotransformador 3 MVA - 20/13,2 kV proyectado:
- Tipo: Intemperie sobre base de apoyo metálico
- Entrada-salida en autotrafo: Línea subterránea en doble circuito de 27 metros de longitud, con
conductor HEPRZ1 12/20 kV 3x(1x240) mm2 .
- Emplazamiento: Polígono 5 - Parcela 22, Paraje Lomas del Medio, en el término municipal de
Talayuela (Cáceres).
6. Evaluación de impacto ambiental: El proyecto, por sus características, está sometido a
evaluación de impacto ambiental abreviada.
7. Resolución del procedimiento: De conformidad con lo establecido en el Decreto 221/2012, de
9 de noviembre, sobre determinación de los medios de publicación de anuncios de información
pública y resoluciones y de los órganos competentes para la resolución de determinados
procedimientos administrativos en los sectores energético y de hidrocarburos, pondrá fin al
procedimiento la resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera .
8. Tipo de bienes y derechos afectados: Bienes y derechos de titularidad privada y pública.
La declaración de utilidad pública llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de
adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
CVE:
BOP-2021-2090
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de mayo de 2021
N.º 0083
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