Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2021-2085)
BOP-2021-2085 Ordenanza reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento de Vehículos para Personas con Discapacidad que presenten movilidad reducida.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Plasencia
ANUNCIO. Ordenanza reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento de Vehículos
para Personas con Discapacidad que presenten movilidad reducida.
No habiéndose presentado reclamaciones por los interesados durante el plazo de información
pública, contra el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno de Plasencia, en sesión
celebrada el 5 de febrero de 2021, por el que se aprueba inicialmente la Ordenanza
Reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento de Vehículos para Personas con Discapacidad
que presenten movilidad reducida en la ciudad de Plasencia, se considera definitivamente
aprobada, publicándose íntegramente el texto de la ordenanza, para general conocimiento, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 196.2 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
ORDENANZA REGULADORA DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS
PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE PRESENTEN MOVILIDAD REDUCIDA EN LA
CIUDAD DE PLASENCIA.
PREÁMBULO.
Constituye un deber de los poderes públicos garantizar el máximo bienestar posible a los/las
ciudadanos/as, facilitando su participación en la vida política, económica, cultural y social. La
Constitución española regula en su artículo 49 la atención a las personas con discapacidad
desde el punto de vista del principio de igualdad y de la prohibición de discriminación
consignados en los artículos 9.2 y 14 del texto constitucional.
De acuerdo con los preceptos constitucionales señalados, los poderes públicos actuarán, entre
otros, según los principios de accesibilidad y transversalidad en sus políticas en materia de
discapacidad, tal y como queda plasmado en el artículo 1 del texto refundido de la Ley General
de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por Real
Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, que, en su artículo 3, recoge entre sus
principios los de vida independiente y accesibilidad universal.
CVE:
BOP-2021-2085
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de mayo de 2021
N.º 0083
Pág. 9211
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Plasencia
ANUNCIO. Ordenanza reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento de Vehículos
para Personas con Discapacidad que presenten movilidad reducida.
No habiéndose presentado reclamaciones por los interesados durante el plazo de información
pública, contra el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno de Plasencia, en sesión
celebrada el 5 de febrero de 2021, por el que se aprueba inicialmente la Ordenanza
Reguladora de la Tarjeta de Estacionamiento de Vehículos para Personas con Discapacidad
que presenten movilidad reducida en la ciudad de Plasencia, se considera definitivamente
aprobada, publicándose íntegramente el texto de la ordenanza, para general conocimiento, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 196.2 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
ORDENANZA REGULADORA DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS
PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE PRESENTEN MOVILIDAD REDUCIDA EN LA
CIUDAD DE PLASENCIA.
PREÁMBULO.
Constituye un deber de los poderes públicos garantizar el máximo bienestar posible a los/las
ciudadanos/as, facilitando su participación en la vida política, económica, cultural y social. La
Constitución española regula en su artículo 49 la atención a las personas con discapacidad
desde el punto de vista del principio de igualdad y de la prohibición de discriminación
consignados en los artículos 9.2 y 14 del texto constitucional.
De acuerdo con los preceptos constitucionales señalados, los poderes públicos actuarán, entre
otros, según los principios de accesibilidad y transversalidad en sus políticas en materia de
discapacidad, tal y como queda plasmado en el artículo 1 del texto refundido de la Ley General
de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por Real
Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, que, en su artículo 3, recoge entre sus
principios los de vida independiente y accesibilidad universal.
CVE:
BOP-2021-2085
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de mayo de 2021
N.º 0083
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