Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Trasierra Tierras de Granadilla. (BOP-2021-1899)
BOP-2021-1899 Bases Selección de Personal Oficina de Gestión Urbanística.
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BASE SEXTA: RETRIBUCIONES.
Las personas seleccionadas percibirán las retribuciones que se señalen en cada momento
conforme a la pertinente dotación presupuestaria de la Mancomunidad, conforme a la
normativa jurídica aplicable y al contenido de la resolución nominativa de subvención de la
Consejería.
Cada trabajador quedará sujeto al régimen general de incompatibilidades establecido en le Ley
53/1984, de 26 de diciembre de «Incompatibilidades de funcionarios al servicio de las
Administraciones Públicas», así como a lo que se especifique al respecto en la resolución de
concesión de subvención nominativa para el año 2021.
BASE SÉPTIMA: PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA Y DE LAS PRUEBAS
Tanto la Convocatoria como sus Bases, se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la
Provincia, la página web de la Mancomunidad y en el Tablón de Anuncios de la misma.
Los anuncios referidos a la lista de admitidos, la celebración de cada una de las pruebas, los
resultados de cada una de ellas, así como cualquier otro anuncio o comunicación se harán
públicos en la página web de la Mancomunidad y en el Tablón de Anuncios de la misma, sin
que sea obligatoria su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
BASE OCTAVA: TASA POR DERECHOS DE EXAMEN.
Los aspirantes que soliciten la inscripción en las pruebas selectivas, deberán ingresar en la
cuenta de la que es titular esta Mancomunidad y que seguidamente se especifica (IBAN ES92
2048 1165 4134 0000 2667), la cantidad correspondiente a su puesto:
- Respecto del puesto de arquitecto: 30 €
- Respecto del puesto de asesor jurídico: 30 €
- Respecto del puesto de arquitecto técnico: 25 €
- Respecto del puesto de auxiliar administrativo : 20 €
En el ingreso, se deberá especificar: Nombre, apellidos y DNI del aspirante.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del
aspirante, sin que este vicio sea subsanable.
No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por
CVE:
BOP-2021-1899
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de abril de 2021
N.º 0078
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