Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Pérez. (BOP-2021-1828)
BOP-2021-1828 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad.
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f. En caso de pérdida, robo o destrucción, deberá comunicarlo inmediatamente al
Ayuntamiento, si procede deberá adjuntarse la correspondiente denuncia, y no podrán
hacer uso de los derechos reconocidos a los/las titulares de la tarjeta hasta la expedición
de una nueva.
g. Siempre que el/la titular la renueve u obtenga un duplicado, deberá entregar la
anterior para su anulación. Se exceptúan los casos que implican pérdida, robo o
destrucción de la tarjeta, salvo que ésta aparezca, en cuyo caso sí será obligatoria su
entrega.
h. La tarjeta de estacionamiento será devuelta, por su titular o por sus herederos/as, al
Ayuntamiento cuando finalice el término de su vigencia, o cuando sea revocada su
concesión por haber dejado aquél/lla de cumplir los requisitos exigidos para su
otorgamiento, así como en los casos de fallecimiento del/la beneficiario/a, caducidad de
la tarjeta o concurrencia de cualquier otra causa que motive su invalidez.
2. El incumplimiento de estas obligaciones y la utilización fraudulenta de la tarjeta de
estacionamiento podrá dar lugar a la cancelación de la tarjeta de estacionamiento o a su
retirada temporal, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que
pudieran derivarse y de las sanciones previstas en esta ordenanza.
CAPÍTULO III
Competencias, procedimiento de concesión, vigencia, renovación y expedición de duplicados
de la tarjeta de estacionamiento
ARTÍCULO 8. COMPETENCIAS.
1. El Alcalde-Presidente será el órgano competente para la concesión de la tarjeta de
estacionamiento, de las reservas de plazas de aparcamiento y para el ejercicio de la potestad
sancionadora en este ámbito, sin perjuicio de las delegaciones que pudiera otorgar al respecto.
2. Corresponderá a la Policía Local, o en caso de no existir, al órgano de vigilancia municipal
asimilado desarrollar las tareas de control y vigilancia de utilización de las tarjetas, y de las
plazas reservadas habilitadas al efecto.
ARTÍCULO 9. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LA TARJETA DE
ESTACIONAMIENTO.
1. El expediente se iniciará a solicitud del/la interesado/a mediante el impreso normalizado
CVE:
BOP-2021-1828
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de abril de 2021
N.º 0076
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