Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2021-1799)
BOP-2021-1799 Aprobacion definitiva Ordenanza reguladora tenencia y circulación de Animales.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Trujillo
ANUNCIO. Aprobacion definitiva Ordenanza reguladora tenencia y circulación de
Animales.
Por Acuerdo del Pleno de fecha 29 de marzo de 2021, se aprobó definitivamente la Ordenanza
reguladora de la tenencia y circulación de animales.
Se publica el texto de la misma a los efectos de los artículos 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:
CAPITULO I
ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
Artículo 1.
La presente ordenanza será de aplicación en la ciudad de Trujillo y su término municipal.
La presente Ordenanza tiene por objeto establecer para el Excelentísimo Ayuntamiento de
Trujillo aquellos requisitos exigibles en relación con la tenencia de los animales de compañía, y
los utilizados con fines lucrativos, deportivos y de recreo, para hacerla compatible con la salud
pública y la seguridad de personas y bienes, así como, garantizar su debida protección,
defensa y respeto.
Esta Ordenanza también será de aplicación a todos los artrópodos, anfibios, peces, reptiles,
aves y mamíferos de compañía cuya comercialización o tenencia no haya sido prohibida por la
normativa vigente.
La tenencia y protección de los animales en el Excelentísimo Ayuntamiento de Trujillo se
someterá a lo dispuesto en la presente Ordenanza, así como a la siguiente normativa de
ámbito estatal y de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
- Ley de Epizootias de 20 de diciembre de 1952
- Convenio europeo para la protección de los animales de compañía. Estrasburgos, 13-
CVE:
BOP-2021-1799
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de abril de 2021
N.º 0075
Pág. 8099
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Trujillo
ANUNCIO. Aprobacion definitiva Ordenanza reguladora tenencia y circulación de
Animales.
Por Acuerdo del Pleno de fecha 29 de marzo de 2021, se aprobó definitivamente la Ordenanza
reguladora de la tenencia y circulación de animales.
Se publica el texto de la misma a los efectos de los artículos 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:
CAPITULO I
ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
Artículo 1.
La presente ordenanza será de aplicación en la ciudad de Trujillo y su término municipal.
La presente Ordenanza tiene por objeto establecer para el Excelentísimo Ayuntamiento de
Trujillo aquellos requisitos exigibles en relación con la tenencia de los animales de compañía, y
los utilizados con fines lucrativos, deportivos y de recreo, para hacerla compatible con la salud
pública y la seguridad de personas y bienes, así como, garantizar su debida protección,
defensa y respeto.
Esta Ordenanza también será de aplicación a todos los artrópodos, anfibios, peces, reptiles,
aves y mamíferos de compañía cuya comercialización o tenencia no haya sido prohibida por la
normativa vigente.
La tenencia y protección de los animales en el Excelentísimo Ayuntamiento de Trujillo se
someterá a lo dispuesto en la presente Ordenanza, así como a la siguiente normativa de
ámbito estatal y de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
- Ley de Epizootias de 20 de diciembre de 1952
- Convenio europeo para la protección de los animales de compañía. Estrasburgos, 13-
CVE:
BOP-2021-1799
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de abril de 2021
N.º 0075
Pág. 8099