Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Millán. (BOP-2021-1756)
BOP-2021-1756 Aprobación definitiva tarjetas de estacionamiento personas con discapacidad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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2. La posesión de la tarjeta de estacionamiento en ningún caso supondrá autorización para
estacionar en zonas peatonales, en pasos peatonales, en los lugares y supuestos en que esté
prohibido parar, en lugares que obstruyan vados o salidas de emergencia, en zonas acotadas
por razones de seguridad pública y en espacios que reduzcan carriles de circulación.
ARTÍCULO 7. OBLIGACIONES DEL/LA TITULAR.
1. El/la titular de la tarjeta de estacionamiento está obligado/a a:
a) La correcta utilización de la misma, conforme a las condiciones de uso previstas en el
artículo 5, quedando expresamente prohibida la cesión por parte del/la titular de la
tarjeta de estacionamiento a favor de otra persona física o jurídica, así como su
manipulación, falsificación o deterioro intencionado.
b) La tarjeta de estacionamiento, siempre documento original, se colocará en el
salpicadero o parabrisas delantero del vehículo por el interior de forma que su anverso
resulte claramente legible desde el exterior y deberá permitirse su examen por la
autoridad competente cuando ésta así lo/la requiera. En el caso de encontrarse la tarjeta
de estacionamiento en proceso de renovación por haber transcurrido el plazo de validez,
deberá colocarse junto a la tarjeta de estacionamiento documento emitido por el
Ayuntamiento certificando que dicha tarjeta de estacionamiento se encuentra en periodo
de renovación.
c) Identificarse cuando así lo/la requiera un/a agente de la autoridad, acreditando su
identidad con el documento nacional de identidad, número de identificación fiscal, tarjeta
de residencia o cualquier otro documento oficial identificativo, sin el cual no podrá hacer
uso de la tarjeta de estacionamiento. Los/as menores de 14 años podrán acreditar su
identidad mediante la exhibición del documento de reconocimiento del grado de
discapacidad.
d) El/la conductor/a del vehículo que esté haciendo uso de la tarjeta de estacionamiento
deberá en todo caso cumplir las indicaciones de los/as agentes que regulan el tráfico.
e) El/la titular está obligado/a a comunicar al Ayuntamiento de CASAS DE MILLÁN
cualquier variación de los datos facilitados para la obtención de la tarjeta de
estacionamiento, en un plazo no superior a quince días desde que ocurra el hecho, al
objeto de comprobar si procede mantener su vigencia o anularla.
f) En caso de pérdida, robo o destrucción, deberá comunicarlo inmediatamente al
Ayuntamiento de CASAS DE MILLÁN, si procede deberá adjuntarse la correspondiente
CVE:
BOP-2021-1756
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de abril de 2021
N.º 0073
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estacionar en zonas peatonales, en pasos peatonales, en los lugares y supuestos en que esté
prohibido parar, en lugares que obstruyan vados o salidas de emergencia, en zonas acotadas
por razones de seguridad pública y en espacios que reduzcan carriles de circulación.
ARTÍCULO 7. OBLIGACIONES DEL/LA TITULAR.
1. El/la titular de la tarjeta de estacionamiento está obligado/a a:
a) La correcta utilización de la misma, conforme a las condiciones de uso previstas en el
artículo 5, quedando expresamente prohibida la cesión por parte del/la titular de la
tarjeta de estacionamiento a favor de otra persona física o jurídica, así como su
manipulación, falsificación o deterioro intencionado.
b) La tarjeta de estacionamiento, siempre documento original, se colocará en el
salpicadero o parabrisas delantero del vehículo por el interior de forma que su anverso
resulte claramente legible desde el exterior y deberá permitirse su examen por la
autoridad competente cuando ésta así lo/la requiera. En el caso de encontrarse la tarjeta
de estacionamiento en proceso de renovación por haber transcurrido el plazo de validez,
deberá colocarse junto a la tarjeta de estacionamiento documento emitido por el
Ayuntamiento certificando que dicha tarjeta de estacionamiento se encuentra en periodo
de renovación.
c) Identificarse cuando así lo/la requiera un/a agente de la autoridad, acreditando su
identidad con el documento nacional de identidad, número de identificación fiscal, tarjeta
de residencia o cualquier otro documento oficial identificativo, sin el cual no podrá hacer
uso de la tarjeta de estacionamiento. Los/as menores de 14 años podrán acreditar su
identidad mediante la exhibición del documento de reconocimiento del grado de
discapacidad.
d) El/la conductor/a del vehículo que esté haciendo uso de la tarjeta de estacionamiento
deberá en todo caso cumplir las indicaciones de los/as agentes que regulan el tráfico.
e) El/la titular está obligado/a a comunicar al Ayuntamiento de CASAS DE MILLÁN
cualquier variación de los datos facilitados para la obtención de la tarjeta de
estacionamiento, en un plazo no superior a quince días desde que ocurra el hecho, al
objeto de comprobar si procede mantener su vigencia o anularla.
f) En caso de pérdida, robo o destrucción, deberá comunicarlo inmediatamente al
Ayuntamiento de CASAS DE MILLÁN, si procede deberá adjuntarse la correspondiente
CVE:
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
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