Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar. (BOP-2021-1684)
BOP-2021-1684 Aprobaciín definitiva Ordenanza Municipal reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad.
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e. El/la titular esta obligado/a a comunicar al Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar cualquier
variación de los datos facilitados para la obtención de la tarjeta de estacionamiento, en
un plazo no superior a quince días desde que ocurra el hecho, al objeto de comprobar si
procede mantener su vigencia o anularla.
f. En caso de perdida, robo o destrucción, deberá comunicarlo inmediatamente al
Ayuntamiento, si procede deberá adjuntarse la correspondiente denuncia, y no podrán
hacer uso de los derechos reconocidos a los/las titulares de la tarjeta hasta la expedición
de una nueva.
g. Siempre que el/la titular la renueve u obtenga un duplicado, deberá entregar la
anterior para su anulación. Se exceptúan los casos que implican perdida, robo o
destrucción de la tarjeta, salvo que esta aparezca, en cuyo caso si sera obligatoria su
entrega.
h. La tarjeta de estacionamiento sera devuelta, por su titular o por sus herederos/as, al
Ayuntamiento de Tejeda de Tiétar cuando finalice el termino de su vigencia, o cuando
sea revocada su concesión por haber dejado aquel de cumplir los requisitos exigidos
para su otorgamiento, así como en los casos de fallecimiento del/la beneficiario/a,
caducidad de la tarjeta o concurrencia de cualquier otra causa que motive su invalidez.
2. El incumplimiento de estas obligaciones y la utilización fraudulenta de la tarjeta de
estacionamiento podrá dar lugar a la cancelación de la tarjeta de estacionamiento o a su
retirada temporal, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que
pudieran derivarse y de las sanciones previstas en esta ordenanza.
CAPÍTULO III
Competencias, procedimiento de concesión, vigencia, renovación y expedición de duplicados
de la tarjeta de estacionamiento
ARTÍCULO 8. COMPETENCIAS.
1. El Alcalde-Presidente sera el órgano competente para la concesión de la tarjeta de
estacionamiento, de las reservas de plazas de aparcamiento y para el ejercicio de la potestad
sancionadora en este ámbito, quien podrá delegar el ejercicio de sus atribuciones, conforme y
con el alcance previsto en la legislación de régimen local.
CVE:
BOP-2021-1684
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de abril de 2021
N.º 0071
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